Ayuda para la realización de proyectos de investigación científica y transferencia de tecnología
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Convocar ayudas para la realización de proyectos de investigación aplicada y de transferencia de tecnología en el año 2024, en el ámbito de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
Podrán tener la condición de entidad beneficiaria: a) La UCLM b) La UAH c) La UNED d) Centros públicos de I+D y organismos públicos de CLM e) Entidades sanitarias pertenecientes al Servicio de Salud de CLM f) Los centros públicos y privados de I+D sin ánimo de lucro de CLM g) Centros tecnológicos de CLM h) La Fundación Parque Científico y Tecnológico de CLM i) Las academias científicas, artísticas y literarias de CLM
Requisitos:
a) Las entidades beneficiarias deberán cumplir lo dispuesto en el artículo 74.1 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, y en el artículo 13 de la Ley 3/2003, de 17 de noviembre.
b) Las entidades beneficiarias deberán encontrarse al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la Seguridad Social según lo regulado en el Decreto 21/2008, de 5 de febrero.
c) Los representantes legales de las personas jurídicas no estarán incursos en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Consejo de Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha,no son receptores de la prestación de servicios o actividades por parte de personas que, habiendo desempeñado cargos públicos o asimilados en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha así como en los organismos y entidades de su sector público, incumplieran lo dispuesto en el artículo 19.5 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, durante el plazo de dos años desde el cese, de conformidad con lo expuesto en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2022, de 19 de noviembre, o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación.
d) Las entidades beneficiarias deberán disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, cuando resulte exigible por su normativa reguladora, y no deberán haber sido sancionadas en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en esta materia, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la ayuda, según lo regulado en el artículo 14.3 del Decreto 21/2008, de 5 de febrero.
e) Las entidades beneficiarias no deberán haber sido sancionadas por resolución administrativa firme o por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, salvo cuando acrediten haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y hayan elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres.
La cuantía individualizada de la subvención se determinará en atención al orden de puntuación obtenido en cada proyecto tras aplicar los criterios de valoración y, en su caso, los criterios de desempate establecidos en el anexo de la Orden 247/2022, de 22 de diciembre, modificada por la Orden 85/2024, de 23 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
6 MESES
Desestimatorio
Será obligatoria la presentación junto con la solicitud de la siguiente documentación:
a) Memoria del proyecto (anexo I).
b) Presupuesto detallado del proyecto (anexo II).
c) Información curricular de cada uno de los miembros del equipo de investigación, según el modelo de currículo abreviado (CVA) de las convocatorias del Plan Nacional de I+D+i (anexo III). Se presentará un CVA por cada uno de los miembros del equipo de investigación.
d) Para la modalidad de PRT, compromiso de incorporación a un grupo de investigación del centro beneficiario, firmado por la persona que ostente la representación legal de la entidad a la que pertenezca el grupo de investigación (anexo IV).
e) En la modalidad de proyectos PJI y PRT descritos en los apartados 2 y 3 de la base séptima de la Orden 247/2022, de 22 de diciembre, la acreditación documental, cuando proceda, de la concurrencia de alguna de las situaciones para la ampliación de la fecha límite inferior para la obtención del grado de doctorado a las que se refieren los apartados 2.b) y 3.a) de la mencionada base séptima de la Orden 247/2022, de 22 de diciembre.
f) En la modalidad de proyectos PJI y PRT descritos en los apartados 2 y 3 de la base séptima de la Orden 247/2022, de 22 de diciembre, certificación emitida por el centro o centros de investigación donde se ha realizado la estancia o estancias postdoctorales donde se indique, en cada caso, la fecha de inicio de la estancia y la duración de la misma.
g) En la modalidad de proyecto PRT, CVA del investigador tutor conforme al anexo III.
h) En caso de proyectos coordinados, acuerdo suscrito entre la persona que ostente la coordinación del proyecto y el investigador/a o investigadores/as principales de los subproyectos, especificando su forma de participación.
i) En el caso de los proyectos presentados por la Universidad de Alcalá, certificación a la que se refiere el apartado 2.c) de la base quinta de Orden 247/2022, de 22 de diciembre.
j) En el caso de proyectos presentados por las entidades recogidas en la letra f) de la base cuarta de la Orden 247/2022, de 22 de diciembre, certificación a la que se refiere el apartado 2.d) de la base quinta de la Orden 247/2022, de 22 de diciembre.
Se establece un correo electrónico para consultas sobre este tipo de ayudas: proyectos.investigacion@jccm.es
- Orden 247/2022, de 22 de diciembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de proyectos de investigación científica y transferencia de tecnología, cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Operativo Feder de Castilla-La Mancha 2021-2027.
- Resolución de 29/10/2024, de la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha, por la que se convocan en el año 2024 ayudas para la realización de proyectos de investigación científica y transferencia de tecnología, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), dentro del Programa Feder de Castilla-La Mancha 2021-2027. Extracto BDNS (Identif.): 794018.
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