Programa Retorno del Talento. Línea 1: Subvenciones para la contratación indefinida.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Presencial
A través de los siguientes lugares de presentación.
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Línea 1: Subvenciones para la contratación indefinida, dirigidas a las empresas y entidades relacionadas en el artículo 10, que contraten a ciudadanas o ciudadanos de Castilla-La Mancha, que hayan residido o trabajado en el extranjero, con la finalidad de facilitar el regreso e incorporación de las mismas al mercado laboral de Castilla-La Mancha.
Empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las entidades sin ánimo de lucro de carácter privado o cualquier otro tipo de unidad económica que, aun careciendo de personalidad jurídica propia o diferenciada de la de sus integrantes, puedan realizar el proyecto o actuación subvencionable.
Los requisitos comunes para son los que se contemplan en el artículo 5.2 del Decreto 52/2020, de 1 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Retorno del Talento, modificado por Decreto 62/2022, de 12 de julio, mientras que los específicos son los recogidos en el artículo 10.3 del citado Decreto 52/2020, de 1 de septiembre.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75.2.c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, así como en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las subvenciones reguladas en este decreto serán tramitadas mediante el procedimiento de concesión directa, por concurrir razones de interés social y económico.
3 MESES
Desestimatorio
Se presentará el Anexo I.A, junto con la documentación que en el mismo se indica, al que se acompañará el anexo II, debidamente cumplimentado.
Las personas y entidades beneficiarias de estas subvenciones deberán aportar por medios electrónicos, el formulario incluido como Anexo III.
En los supuestos de de sucesión empresarial se deberá aportar por medios electrónicos, el formulario incluido como Anexo IV, junto con la documentación que lo acompaña.
Más información:incentivos@jccm.es
- Decreto 62/2022, de 12 de julio, por el que se modifica el Decreto 52/2020, de 1 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Retorno del Talento. Extracto BDNS (Identif.): 639008.
- Decreto 52/2020, de 1 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Retorno del Talento. Extracto BDNS (Identif.): 522369.
- Decreto 77/2024, de 5 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 52/2020, de 1 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Retorno del Talento. Extracto BDNS (Identif.): 795771.
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