Ayudas de transporte y comedor escolar a centros privados concertados de educación especial y al alumnado matriculado de los mismos.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Concesión de ayudas de transporte y comedor para C.C.E.E. y alumnado escolarizado en los mismos para el curso 24-25, destinadas a financiar el coste del desplazamiento diario o de fin de semana y el servicio de comedor escolar del alumnado matriculado.
Comprobar los gastos efectuados por el centro.
PLAZO DE SOLICITUDES:
- ALUMNADO: Desde el 24/06/2025 hasta el 14/02025
-CENTROS EDUCATIVOS: Desde el 24/06/2025 hasta el 30/09/2025
Los centros privados concertados de educación especial de Castilla-La Mancha ,en la modalidad 1 y el alumnado de los mismos que se tiene que desplazar por sus medios o por medios contratados por la administración para asistir al centro y que hacen uso del comedor escolar, en la modalidad 2.
CENTROS:
No estar incurso en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003
No estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, así como no ser receptoras de la prestación de servicios o actividades por parte de personas que, habiendo desempeñado cargos públicos o asimilados en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-la Mancha o en los organismos y entidades de su sector público, incumplieran lo dispuesto en el artículo 19.5 de la citada Ley 11/2003, de 25 de septiembre, durante el plazo de dos años desde el cese, de conformidad con lo establecido en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
Concierto educativo en el curso 24-25
Plan de prevención de riesgos laborales
Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias, Seguridad Social y reintegro de subvenciones.
No haber sido nunca sancionados por resolución administrativa firme o por sentencia judicial firme por haber llevado a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por legislación vigente o en caso de haber sido sancionados, haber cumplido pena impuesta y haber elaborado plan de igualdad.
Para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, que cumplen loa plazos de pago que se establecen en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Justificación gastos conforme al artículo 12.1 del decreto 35/2025, de 6 de mayo.
ALUMNOS:
Poseer dictamen de escolarización
Estar matriculados en centros concertado de educación especial durante el curso 24-25
Para ayuda de transporte residir a una distancia al centro o a la parada de transporte más próxima superior a 1 km. En la ayuda en especie, utilizar el transporte escolar público
Para ayudas de comedor, alumnado matriculado que esté haciendo uso del comedor escolar
Haber solicitado las ayudas para alumnos con necesidades específicas del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes para el curso 24-25
La concesión de ayudas viene condicionada al cumplimiento de los requisitos del Decreto 35/2025, de 6 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, hasta el límite presupuestario.
4 MESES
Desestimatorio
Junto a la solicitud, los centros educativos y el alumnado, a efectos de la acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos, deberán aportar la documentación que proceda, en su caso, conforme a los previsto en el apartado tercero de la convocatoria.
En cuanto a la justificación, los centros educativos beneficiarios deberán presentar los documentos indicados en el apartado undécimo de la convocatoria.
Consejería de Educación, Cultura y Deporte
Secretaría General
Área de Servicios Complementarios y Provinciales
Tf de contacto: 925 389294, 925 248588 y 925 286297
Correo electrónico: transporte.edu@jccm.es
Para mayor información sobre la convocatoria pinche aquí:
http://www.educa.jccm.es/alumnado/es/servicios-educativos/transporte-escolar/convocatorias/ayudas-transporte-comedor-escolar-centros-privados-concerta.
JUSTIFICACIÓN DE LAS AYUDAS DE TRANSPORTE Y COMEDOR ESCOLAR A CENTROS PRIVADOS CONCERTADOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL Y AL ALUMNADO ESCOLARIZADO EN LOS MISMOS. CURSO 2024-2025.
El plazo de justificación de las ayudas concedidas será dentro de los 10 primeros días hábiles siguientes a la terminación del curso escolar (de acuerdo con lo previsto en la convocatoria, sin perjuicio de que llegado el momento se especifiquen las fechas concretas de inicio y de fin si resultara conveniente).
Los beneficiarios presentarán los modelos habilitados al efecto en el apartado "Modelos de trámite", junto a la documentación justificativa requerida, en el apartado "¿Cómo van mis trámites? de la Sede Electrónica, accesible a través del siguiente enlace: https://www.jccm.es/sede/ventanilla/consultar-expediente.
- Decreto 119/2012, de 26/07/2012, por el que se regula la organización y funcionamiento del servicio de transporte escolar financiado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los centros docentes públicos dependientes de ésta.
- Decreto 35/2025, de 6 de mayo, por el que se aprueban las bases reguladoras de la concesión directa de las ayudas de transporte y comedor dirigidas a centros privados concertados de educación especial y al alumnado de los mismos.
- Resolución de 16/06/2025, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas de transporte y comedor dirigidas a centros concertados de Educación Especial y al alumnado de los mismos para el curso 2024/2025. Extracto BDNS (Identif.): 840407.
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