Ayudas del uso de libros de texto para alumnado de E. Primaria y Secundaria obligatoria y de comedor escolar para el segundo ciclo de E. Infantil y Primaria. Solicitud centros concertados.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Regular la concesión directa de ayudas consistentes en el uso de libros de texto por el alumnado de educación primaria y secundaria obligatoria no incluido en banco de libros y de comedor escolar para el segundo ciclo de Educación infantil y de Educación Primaria, matriculados en centros sostenidos con fondos públicos, y efectuar la convocatoria para el curso 2025/2026.
Centros educativos privados concertados de Castilla- La Mancha
- Que se trate de un centro privado concertado de Castilla- La Mancha.
- Que el centro tenga alumnado matriculado en primaria o secundaria obligatoria.
- Que reúna el resto de requisitos previstos en el artículo 5.2 del Decreto.
Se concederá a los centros privados concertados en función de la renta familiar.
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución de concesión será de 6 meses a contar desde la publicación de la resolución de inicio del procedimiento, sin perjuicio de las ayudas que puedan concederse a lo largo del curso escolar
Desestimatorio
La acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el punto 2 del artículo 5 se comprobará de oficio por la Administración en los casos previstos en las letras a), b), c) d) y f), y mediante declaración responsable firmada en la solicitud en los establecidos en las letras e), g), h) e i).
En la dirección web: https://www.educa.jccm.es/alumnado/es/servicios-educativos
ayudalibrosycomedor.edu@jccm.es
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Decreto 47/2025, de 1 de julio, por el que se regula la concesión directa de ayudas consistentes en el uso de libros de texto y de comedor escolar para el alumnado matriculado en centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha.
- Corrección de errores del Decreto 47/2025, de 1 de julio, por el que se regula la concesión directa de ayudas consistentes en el uso de libros de texto y de comedor escolar para el alumnado matriculado en centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha.
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