RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL DE 24 DE MAYO DE 2024, POR LA QUE AUTORIZA EL INICIO DEL PROCESO DE CONCENTRACIÓN PARCELARIA DE CARÁCTER PRIVADO DE LA ZONA DE EL ORDIAL, TÉRMINO MUNICIPAL DE EL ORDIAL (GUADALAJARA).
ANUNCIO DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE AGRICULTURA, GANADERIA Y DESARROLLO RURAL EN GUADALAJARA POR LA QUE SE PUBLICA LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL DE 24 DE MAYO DE 2024, POR LA QUE SE AUTORIZA EL INICIO DEL PROCESO DE CONCENTRACIÓN PARCELARIA DE CARÁCTER PRIVADO DE LA ZONA DE EL ORDIAL, TÉRMINO MUNICIPAL DE EL ORDIAL (GUADALAJARA).
Se pone en conocimiento de todos los interesados que la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha dictado Resolución de fecha 24 de mayo de 2024, por la que se autoriza el inicio del proceso de Concentración Parcelaria de carácter privado de la zona de El Ordial, término municipal de El Ordial (Guadalajara).
Examinado el expediente correspondiente a la solicitud de inicio de autorización para llevar a efecto la concentración parcelaria de la zona de EL ORDIAL, término municipal de EL ORDIAL(GUADALAJARA), presentada por la ASOCIACIÓN PRO-CONCENTRACIÓN PARCELARIA DE "EL ORDIAL" con CIF G72489149; al amparo del Decreto 67/2021, de 1 de junio (D.O.C.M. de 9 de junio), por el que se regulan los procedimientos de concentración parcelaria de Castilla-La Mancha.
Una vez informada favorablemente por la Delegación Provincial de esta Consejería en Guadalajara, tras comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos, y considerando que no existen razones de interés general o social para declarar de utilidad pública su actuación, esta Dirección General en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto 107/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural,
RESUELVE:
1.- AUTORIZAR el inicio del proceso de concentración parcelaria correspondiente a:
Denominación de la zona: …………………… El Ordial
Término municipal de actuación: ……………. El Ordial
Provincia: ………………………………………. Guadalajara
Promotor: ………………………………………. Asociación Pro-Concentración Parcelaria de "El Ordial"
C.I.F. del promotor: …………………………… G72489149
Superficie a concentrar (has): ………………... 913 ha
Nº de parcelas a concentrar: .......................... 2.165
Número de propietarios participantes: ………. 100
Número parcelas por propietario: ……………..21,65
Superficie media parcelas: ……………………. 0,42 ha/parcela
Grado de parcelación: …………………………. 2,37 parcelas/ha
Tipo de concentración: ………………………... C.P de Carácter Privado
2.- Condicionantes de la autorización.
La presente autorización carecerá de efecto alguno si no se cumple:
•Someter la actuación propuesta a Evaluación Ambiental previa ante el órganoambiental competente, en el plazo máximo de 3 meses desde la fecha depublicación en el DOCM de esta autorización (artículo 39.4 apartado e) delDecreto 67/2021).
•Presentación del documento refundido de bases, proyecto y acuerdo deconcentración ante la Delegación Provincial, en el plazo máximo de 6 mesesdesde la fecha de publicación en el Diario Oficial de Castilla La Mancha de laDeclaración de Impacto Ambiental (artículo 40.1 del Decreto 67/2021).
En base a lo dispuesto en el artículo 9.2 del Decreto 67/2021, la Delegación Provincial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural en Guadalajara llevará a efecto la publicación de la presente Resolución, advirtiendo que la documentación correspondiente estará a disposición de los interesados en las dependencias de dicha Delegación Provincial y en el Ayuntamiento de El Ordial, durante el plazo de un mes.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de interponer cualquier otro que se considere procedente.
De acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la presentación del recurso se realizará por medios electrónicos, a través del correspondiente enlace de la página web de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha: https://www.jccm.es/sede/ventanilla/electronica/KGU