Resolución sobre autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación solar fotovoltaica denominada FV La SagraII, infraestructuras auxiliares y de evacuación. (referencia: 2703/01467).

Información pública
Consejería de Desarrollo Sostenible
Tema/s: Industria y tecnología
Card image cap Fuera de plazo
Plazo de exposición:   03/07/2024 - 03/08/2024

Resolución de 17/6/2024, de la Dirección General de Transición Energética, por la que se otorgan la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación solar fotovoltaica denominada "FV La Sagra II", infraestructuras auxiliares y de evacuación (Ref: 2703/01467).

Peticionario: ENERGÍAS RENOVABLES DE ORMONDE 26, S.L. (B88153796).

Evaluación de impacto ambiental: En relación con la evaluación de impacto ambiental del proyecto señalar:

Se aporta “ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO PLANTA SOLAR FOTOVOLTAICA FV LA SAGRA II DE 49,5 MWP y LAMT 30 KV Pradillos Sur”. Identifica el proyecto como una instalación acogida al anexo I y que debe someterse a Evaluación Ambiental Ordinaria. (reg. 3101743 de 11/11/2020). Se aportan tasas EIA y se aporta copia de haber presentado por registro directamente (Reg. 3568836 de 15/12/2020) la solicitud a medio

ambiente.

Presentan adenda ambiental por modificación del proyecto de planta (Reg.3086925 de 22/9/2021).

Se envía adenda ambiental al servicio de medio ambiente.

Se recibe comunicado de inicio de consultas EIA Ordinaria a fecha 26/10/2021, incluida adenda por modificación.

Se somete a información pública el estudio de impacto ambiental.

Se remite al titular a efectos de lo dispuesto en el artículo 42 de Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha, el resultado de las consultas y las alegaciones recibidas en el periodo de información.

Se recibe escrito del servicio de medio ambiente en el que se informa que se ha requerido al promotor para que aporte Adenda Ambiental en la que se recoja las condiciones establecidas por el Servicio de Política Forestal y Espacios Naturales.

Se aporta adenda ambiental por modificación de proyecto.

Se aporta adenda ambiental por modificación de proyecto que corrige errata en la misma.

Se remite la adenda ambiental al Servicio de Medio Ambiente.

Se publica en el DOCM de fecha 25/1/2023, resolución de 20/1/2023, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto: Planta solar fotovoltaica La Sagra II de 49,50 MWp e infraestructuras de evacuación (expediente PRO-TO-21-2983), cuya promotora es Energías Renovables de Ormonde 26, SL, en el término municipal de Bargas.

La citada resolución considera viable el proyecto desde el punto de vista ambiental, siempre que se realice conforme al Estudio de Impacto Ambiental presentado y a las prescripciones de esta Declaración de Impacto Ambiental, que deberán ser incorporadas en las autorizaciones que concedan el correspondiente Órgano Sustantivo y siempre que no cambien las condiciones ambientales actuales.

Se recibe denuncia de la Asociación Ecologista La Avutarda Dientes de Sable a lo indicado en la DIA.

Se le requiere al interesado con modelo caducidad lo indicado en el apartado 5.3.A de la DIA.

‹‹El promotor de este proyecto deberá presentar en el órgano sustantivo, con copia en el órgano ambiental y, preferentemente, en formato digital, la siguiente documentación:

- Anexo técnico en el que se recojan las plantaciones perimetral e interior de la parcela a realizar, debidamente presupuestado, con calendario de actuaciones, especies a emplear y procedencia, densidad de las mismas, superficies, etc., para su visto bueno por parte del Servicio de Medio Ambiente de esta Delegación Provincial.

- Copia del visto bueno al Anexo técnico a presentar en el que se contemplen todas las indicaciones reflejadas en el Informe del Servicio de Medio Natural y las medidas contempladas en el mismo, debidamente presupuestadas y con cronograma de las distintas a actuaciones.

- Copia de la Autorización del Servicio de Medio Natural, de esta Delegación Provincial, en caso de posible afección a vegetación natural de acuerdo a la Ley 3/2008, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha.

- Copia del visto bueno de las condiciones establecidas en el informe del Servicio de Patrimonio Cultural de fecha 12-01-2023››

Se envía al servicio de medio ambiente la denuncia de la Asociación Ecologista La Avutarda Dientes de Sable a lo indicado en la DIA.

Aporta el interesado el anexo técnico plantación perimetral, plan de desmantelamiento, programa de vigilancia ambiental y memoria de medidas compensatorias.

Se envía al servicio de medio ambiente y medio natural para que nos den el visto bueno a la plantación perimetral e interior y a la memoria de medidas compensatorias.

Se recibe informe en el que se indica que las condiciones descritas en el informe de plantaciones son adecuadas, salvo algunas consideraciones que se establecen en el mismo.

Se recibe informe del servicio de medio natural en el que se indica que no se da el visto bueno a las medidas complementarias.

Se remite el informe al interesado al interesado para su conocimiento y efectos oportunos.

Se aporta por el interesado Memoria de medidas compensatorias y programa de vigilancia ambiental.

Se remite documentación al servicio de medio ambiente y medio natural.

Se da el visto bueno a parte de las medidas compensatorias.

Se da el visto bueno a las medidas compensatorias relacionadas con el hábitat estepario.

Se presenta documentación donde se adjunta el visto bueno del Servicio de Cultura y se indica que no se aporta la autorización del servicio de medio natural ya que no se produce ninguna afección a vegetación natural pues la instalación se posiciona sobre terrenos objeto de cultivo agrícola, en concreto olivar.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Documentación

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Certificación

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