Obtención de certificación de denominación no coincidente y de sus prorrogas para una sociedad cooperativa en el registro de cooperativas de Castilla-La Mancha.

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1001163

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

Plazo abierto todo el año

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Comprobar que las denominaciones solicitadas no coinciden con la de otra ya constituida o no incumplen los criterios del Decreto 214/2015, de 3 de noviembre, y en ese caso les otorga un certificado de denominación no coincidente con una vigencia de 6 meses, o bien les otorga la prórroga del mismo por otros 6 meses.

Promotores/as de sociedades cooperativas en constitución que tengan y acrediten mandato de todos los/as socios/as para actuar en nombre de la sociedad cooperativa en constitución y órganos de gobierno o apoderados/as de cooperativas inscritas en las distintas unidades registrales del Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha que pretendan un cambio de denominación de la misma.

- En el caso de solicitud del certificado de denominación no coincidente, que la misma no coincida con otra denominación ya concedida y que cumpla los requisitos del artículo 84 del decreto 214/2015, de 3 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del registro de cooperativas de Castilla-La Mancha.
- En caso de solicitud de prórroga del certificado de denominación no coincidente, se exige disponer de un certificado de denominación no coincidente para la misma denominación para la que se solicita dicha prórroga y que su validez de 6 meses se encuentre aún vigente.

Certificado de no coincidencia:
-Que la denominación solicitada no coincida con otra denominación concedida.
-Que cumpla los requisitos del artículo 84 del Decreto 214/2015, de 3 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del registro de cooperativas de Castilla-La Mancha.

Prórroga del certificado:
-Disponer de un certificado para la misma denominación para la que se solicita la prórroga.
-Que su validez de 6 meses no haya finalizado.

5 DIAS HÁBILES

Tasa: 10,92 euros

Estimatorio

Documentación acreditativa de la representación, en su caso, así del mandato de todos los/as socios/as para actuar en nombre de la sociedad cooperativa en constitución, en su caso, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si éste es documental, a través de copia electrónica firmada electrónicamente o rubricada de forma manual por quien deba hacerlo.

-Si la solicitud se denegase, se pueden formular una o varias nuevas solicitudes con otras denominaciones, no siendo necesario liquidar una nueva tasa.

-Los/as usuarios/as deberán descargarse la aplicación gratuita AUTOFIRMA para la firma electrónica de archivos electrónicos en la dirección web "http://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html".

-Los/as usuario/as disponen en esta página de una guía de presentación telemática de solicitudes a través de la Oficina Virtual de la JCCM, "https://www.jccm.es".

-Problemas y dudas:

Relacionadas exclusivamente con el funcionamiento de esta aplicación:

En el correo electrónico "webmaster@jccm.es".

Relacionadas exclusivamente con el contenido de la solicitud, la documentación a presentar y sus requisitos:

Disponen en esta página de un listado de los gestores de esta aplicación.