Declaración de un bien como Bien de Interés Cultural, Bien de Interés Patrimonial o Elemento de Interés Patrimonial

Consejería de Educación, Cultura y Deportes
Código de procedimiento: 1002742

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Presencial

Presencial

A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Abierto todo el Año.

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

La protección del Patrimonio Cultural de Castilla - La Mancha.

Bienes que:

Reúnan de forma singular y sobresaliente, alguno de los valores recogidos en el artículo 1.2, para ser declarados Bienes de Interés Cultural.

Reúnan de forma relevante, los valores recogidos en el artículo 1.2, para ser declarados Bienes de Interés Patrimonial. Partes de un inmueble que reúnan alguno de los valores del artículo 1.2, pero no tengan los valores suficientes para ser Bien de Interés Cultural ó Bien de Interés Patrimonial, pudiendo ser Elemento de Interés Patrimonial.

Que la Dirección General de Cultura aprecie que en el bien afectado concurren valores históricos merecedores de protección a través de su declaración como Bien de Interés Cultural.

Desestimatorio

Documentación justificativa del valor histórico, artístico, arqueológico, paleontológico, etnográfico, industrial, científico, técnico, documental o bibliográfico de interés para Castilla - La Mancha (artículo 1.2 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo).

Servicio de Patrimonio y Arqueología cuyo teléfono es 925 267543.

Modelos del trámite

Solicitud