Autorización de investigación de hidrocarburos

Consejería de Desarrollo Sostenible
Código de procedimiento: 1003081

En plazo

Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)…
Accede al Servicio de Alertas Informativas

Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

abierto todo el año

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Obtención del permiso para investigar en las áreas conferidas.

Personas jurídicas que pretendan realizar la actividad de investigación de yacimientos de hidrocarburos o almacenamientos subterráneos para hidrocarburos.

Los permisos de investigación sólo podrán ser otorgados, individualmente o en titularidad compartida, a sociedades mercantiles que acrediten su capacidad técnica y financiera para llevar a cabo estas operaciones en las áreas solicitadas y que deben incluir en su objeto social la realización de actividades de exploración, investigación o explotación de hidrocarburos o de almacenamiento de hidrocarburos.

Sin perjuicio de lo establecido en la legislación básica en materia de hidrocarburos y minas, como norma adicional de protección todo proyecto consistente en la realización de perforaciones para la exploración, investigación o explotación de hidrocarburos que requieran la utilización de la técnica de fractura hidráulica debe cumplir lo establecido en el art. 4.1 de la Ley 1/2017, de 9 de marzo.

Estos permisos serán otorgados de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia y no discriminación.

Desestimatorio

Junto al modelo de solicitud se debe aportar:
- Documentación acreditativa de la capacidad legal, técnica y financiera del solicitante
- Plan de investigación, que comprenderá el programa de trabajos, el plan de inversiones, las medidas de protección medioambientales y el plan de restauración, e incluyendo la acreditación del cumplimiento del artículo 4.1 de la Ley 1/2017, de 9 de marzo.
- Acreditación de constitución de la garantía a que se refiere el art. 21 de la Ley 34/1998, del sector de hidrocarburos y el art. 5 de la Ley 1/2017, de 9 de marzo.

- El permiso de investigación faculta al titular para investigar, en exclusiva, en la superficie otorgada, la existencia de hidrocarburos y de almacenamientos subterráneos. Confiere al titular el derecho a obtener concesiones de explotación, en cualquier momento del plazo de vigencia del permiso.
- Con carácter previo a la iniciación de los trabajos de exploración se deberá constituir un seguro de responsabilidad civil a fin de responder de posibles daños a personas o bienes, de acuerdo con lo establecido en el art. 9 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, y el art. 5 de la Ley 1/2017, de 9 de marzo.
- Los titulares estarán obligados a desarrollar el programa de trabajo y las inversiones dentro de los plazos que se especifiquen en las resoluciones de otorgamiento, a presentar anualmente los planes de labores de acuerdo con lo que se establezca reglamentariamente y a aportar la información que determina el art. 12 de la Ley 34/1998, del sector de hidrocarburos.

Modelos del trámite

Solicitud permiso investigación