Reclamación económico-administrativa en materia de recursos propios (excepto tributos cedidos)

Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital
Código de procedimiento: 1003995

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Presencial

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A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Procedimiento por el que la Comisión Superior de Hacienda de Castilla-La Mancha revisa los actos administrativos dictados al amparo de lo previsto en la normativa en materia de tributos, precios públicos y otros ingresos propios de la Comunidad Autónoma.

Las personas solicitantes coinciden con las interesadas.

Podrá reclamarse en vía económico-administrativa en relación con las siguientes materias:
a) La aplicación de los tributos propios, de los recargos establecidos sobre ellos, y, en general, de todos los demás derechos que como ingresos de derecho público ésta deba percibir, siempre que le corresponda la titularidad de la competencia para dictar el acto recurrido;así como la imposición de sanciones tributarias que realicen la Administración tributaria de la Comunidad Autónoma.
b) El reconocimiento o la liquidación por los órganos competentes de la Consejería de Hacienda de las obligaciones de la Tesorería de Castilla-La Mancha y las cuestiones relacionadas con las operaciones de pago hechas dichos órganos con cargo a la misma.
c) Cualquier otra que se establezca por precepto legal expreso.
La resolución de la reclamación económico-administrativa contendrá una exposición sucinta de los hechos y los fundamentos jurídicos adecuadamente motivados que hayan servido para adoptar el acuerdo.

Los derivados de la aplicación de los tributos y de los actos en materia de recaudación.

LA DURACIÓN DEL PROCEDIMIENTO EN CUALQUIERA DE SUS INSTANCIAS SERÁ DE UN AÑO CONTADO DESDE LA INTERPOSICIÓN DE LA RECLAMACIÓN.

No sujeto a tasa.

Desestimatorio