Actuaciones de inspección y control en materia de consumo
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Presentar alegaciones y/o la documentación oportuna a los requerimientos de la inspección de consumo
Responsables de establecimientos o empresas inspeccionadas o controladas por la inspección de consumo
EL ESTABLECIDO EN SU NORMATIVA ESPECÍFICA.
Caducidad
Escritos de alegaciones.
Facturas.
Albaranes.
Listados de clientes o de distribución.
Informes periciales.
Informes de ensayos.
Documentación de seguridad de los productos o servicios (declaraciones de conformidad, certificados, expedientes técnicos de fabricación, etc.)
Licencias, permisos.
Informes jurídicos.
Imágenes.
Otros documentos que la persona inspeccionada considere oportuno
Para información adicional:
infoconsumoab@jccm.es
infoconsumocr@jccm.es
infoconsumocu@jccm.es
infoconsumogu@jccm.es
infoconsumoto@jccm.es
- Corrección de errores de la Ley 3/2019, de 22 de marzo, del Estatuto de las Personas Consumidoras en Castilla-La Mancha
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 3/2019, de 22 de marzo, del Estatuto de las Personas Consumidoras en Castilla-La Mancha.
- Real Decreto 1398/1993, DE 4 DE AGOSTO, QUE APRUEBAReglamento DEL PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DE LA POTESTAD SANCIONADORA.
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