Subvenciones a asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro para financiación de gastos de mejora de equipamientos, formación y material en el ámbito de la cronicidad
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Regular el procedimiento de otorgamiento de subvenciones, en régimen simplificado de concurrencia a asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en Castilla-La Mancha para la financiación de gastos de mejora de equipamientos, formación, y material que contribuyan a la sostenibilidad y calidad de la prestación sociosanitaria en el ámbito de la cronicidad y se efectúa su convocatoria.
Asociaciones de pacientes y de personas afectadas por patologías crónicas y entidades privadas con naturaleza jurídica propia, sin ánimo de lucro y válidamente constituidas y que entre los fines de sus estatutos estén recogidos alguno de los establecidos en el art. 2 de las Bases Reguladoras de referencia que rigen esta convocatoria.
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en los registros oficiales que corresponda. Caracer de ánimo de lucro.
b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Estatal y con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y frente a la Seguridad Social, así como de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, de conformidad con lo establecido en los art. 18, 19 y 21 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por RD 887/2006, de 21 de julio.
c) No hallarse, quienes ejerzan la representación legal de las asociaciones o entidades en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
d) No estar incursa en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 de 17-11-2003.
e) Disponer de estructura, capacidad y solvencia suficientes para garantizar el desarrollo de la actividad subvencionada.
Prelación de solicitudes estrictamente temporal según procedimiento simplificado de concurrencia, siendo tramitadas y resueltas conforme se vayan presentando dentro del plazo previsto en la convocatoria y hasta el límite del crédito consignado en la misma.
2 MESES
El importe total de la subvención podrá alcanzar hasta el 100% de los gastos efectivamente realizados, con un límite máximo por entidad beneficiaria de 30.000 euros. En ningún caso la entidad podrá solicitar una subvención mayor al límite máximo establecido.
Desestimatorio
- Formulario de solicitud según modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Admimistración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que incluye la declaración responsable de acreditación de los requisitos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden xx/2022, de xx de xx de la Consejería de Sanidad. - Memoria jusificativa de gastos realizados, según modelo habilitado al efecto en sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. - Documentación justificativa de disponer de la estructura, capacidad y solvencia suficientes para garantizar el desarrollo de las actividades.
Aclaraciones en:
Correo electrónico: subv_sociosanitaria@jccm.es
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Decreto Legislativo 1/2002, de 19/11/2002, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA
- Decreto 21/2008, de 05/02/2008, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA EN MATERIA DE SUBVENCIONES, APROBADO POR DECRETO LEGISLATIVO 1/2002, DE 19 DE NOVIEMBRE
- Orden 216/2022, de 11 de noviembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en Castilla-La Mancha para la financiación de gastos de mejora de equipamientos, formación, y material que contribuyan a la sostenibilidad y calidad de la prestación sociosanitaria en el ámbito de la cronicidad y se efectúa su convocatoria. Extracto BDNS (Identif.): 658764.
- Corrección de errores de la Resolución de 13/10/2022, de la Consejería de Fomento, por la que se convoca el proceso selectivo para la ampliación de la bolsa de trabajo del Cuerpo Superior, Especialidad Arquitectura, de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
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