Huelga: comunicación a la autoridad laboral

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1005238

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Presencial

Presencial

A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Abierto todo el año

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Recepcionar la comunicación de preaviso y de finalización y dar traslado de las mismas a la autoridad gubernativa y a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
Elaboración de información estadística

Comité de huelga

La comunicación de huelga deberá notificarse con cinco días naturales de antelación, al menos, a su fecha de iniciación, al empresario o empresarios afectados y a la autoridad laboral. Cuando el acuerdo de declaración de huelga lo adopten directamente los trabajadores mediante votación, el plazo de preaviso comenzará a contarse desde que los representantes de los trabajadores comuniquen al empresario la celebración de la misma.
Cuando la huelga afecte a empresas encargadas de cualquier clase de servicios públicos, el preaviso del comienzo de huelga al empresario y a la autoridad laboral habrá de ser, al menos, de diez días naturales. Los representantes de los trabajadores deberán dar a la huelga, antes de su iniciación, la publicidad necesaria para que sea conocida por los usuarios del servici

En el trámite de preaviso:
Acta del acuerdo de huelga
Anexo II
En el trámite de finalización de la huelga:
Anexo III

Servicio de Trabajo de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral y Servicios de Trabajo de las Direcciones Provinciales de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo:
ALBACETE, 967558316, ascensionj@jccm.es
CIUDAD REAL, 926277203, jgines@jccm.es
CUENCA, 969179804, ralique@jccm.es
GUADALAJARA , 949887808, pretuerta@jccm.es
TOLEDO (Provincia), 925267973, omira@jccm.es
TOLEDO (SS.CC.), 925269853, cpeinado@jccm.es

Modelos del trámite

Anexo I. Comunicación
Anexo II. Centro/s de trabajo del preaviso
Anexo IV. Motivos de la Huelga
Anexo III. Seguimiento de la Huelga