Justificación de los gastos de ejecución de las actividades subvencionables

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Código de procedimiento: 1005290

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Justificar, conforme a la Orden 7 de mayo de 2008, los gastos efectuados en la ejecución de los programas convocados en esta Resolución.

Las ADSGs oficialmente reconocidas por la Dirección General de Agricultura y Ganadería que ejecuten las actividades previstas en el punto 3 de la Resolución de convocatoria del año 2022.

Presentar las facturas expedidas a nombre de la ADSG de gastos ejecutados en el periodo subvencionable y la documentación acreditativa de los pagos.

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración recogidos en el artículo 8 de la orden de bases (orden 29/2018).

Para el programa sanitario mínimo obligatorio el importe a subvencionar será 0,75 euros por UGM sobre la que se aplique, excepto para la especie apícola, que se pagará 0,75 euros /colmena, no pudiendo superar en ninguno de los casos el importe de los gastos justificados mediante factura.

Para los programas de formación el importe a subvencionar será de hasta el 50% del gasto justificado con un máximo de 300 euros .
Las cuantías de la actividad subvencionable de los programas sanitarios voluntarios son las siguientes:

- Toma de muestras de suero, sangre, hisopos o toma de muestras de leche individual de 1 animal:
Especie bovina: 0,90 euros por muestra analizada.
Especie ovina: 0,70 euros por muestra analizada.
- Toma de muestras de leche en tanque: 0,40 euros /muestra
- Intradermotuberculinización en ganado caprino: 1,60 euros /animal

Desestimatorio

La solicitud inicial debe ir acompañada de:

- Facturas a nombre de la ADSG
- Documentación justificativa del pago
- Anexo IV: listado de asistentes a la formación, cuando proceda

sanidadanimal@jccm.es

Modelos del trámite

Anexo V justificación 2022