Justificación de la subvención de concesión directa al Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1005377

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

La fecha para presentar la justificación final será el 02 de abril de 2024.

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Subvención al Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha, para la difusión y seguimiento de las ayudas convocadas por la Consejería de Economía, Empresas y Empleo en materia de competitividad empresarial y de programas de empleo de personas jóvenes cualificadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y para la ejecución de programas dirigidos a las empresas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en los ejercicios 2022 y 2023.

El Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha.

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias, tanto con la Administración estatal como con la regional, y frente a la Seguridad Social.
b) No estar incursa la persona que ostente la representación legal de la corporación en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo establecido en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación.
c) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, en el caso de ser entidad obligada por la normativa de prevención de riesgos laborales, y no haber sido sancionada, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales.

Subvención de concesión directa.

La cuantía de la subvención, con las condiciones establecidas en el presente decreto, será de 400.000 euros para el Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha. Para la anualidad 2022 se aplicarán 200.000 euros y para la anualidad 2023 se aplicarán los restantes 200.000 euros.

a) Memoria de actuación sobre el cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
b) Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, en la que se incluya una relación clasificada de los gastos de las actividades realizadas, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago.
c) Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en la letra anterior, emitidas de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
d) Relación de los gastos de personal que desarrolle las actuaciones objeto de subvención, acompañada de copia de las nóminas y los documentos RNT y RLC de cotización a la Seguridad Social del periodo de realización de las actuaciones, junto con los partes de trabajo por cada trabajador y mes. La acreditación del pago se efectuará conforme a la Orden de 7 de mayo de 2008, de la Consejería de Economía y Hacienda.
e) Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, para el contrato menor, la corporación beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien.
f) Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
g) En su caso, la carta de pago de reintegro, en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.

Modelos del trámite

Anexo Justificación