Alegaciones al procedimiento de expropiación forzosa

Consejería de Desarrollo Sostenible
Código de procedimiento: 1009717

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

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A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

20 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la resolución de información pública

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

El objeto es la expropiación forzosa por causa de utilidad pública o interés social a que se refiere el artículo 33 de la CE. Cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos para rectificar posibles errores de la publicación de información pública y aprobación del proyecto u oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de la ocupación.

Las personas cuyos intereses o derechos puedan verse afectados por el procedimiento expropiatorio.

Cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. En este caso, indicará los motivos por los que deba considerarse preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en la relación, como más conveniente al fin que se persigue.

El establecido en su normativa específica.

Desestimatorio

Modelos del trámite

Presentación de alegaciones al procedimiento de expropiación