Concesión directa de ayudas a Empresas de Inserción para la contratación y/o mantenimiento de personas en riesgo o situación de exclusión social (Línea 1 del Decreto 52/2023, de 25 de mayo)
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Subvencionar a las empresas de inserción para las siguiente línea de subvención: Linea 1.
Subvenciones para la contratación y/o mantenimiento de personas en riesgo o situación de exclusión social.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las empresas de inserción, calificadas como tales, de conformidad con lo establecido en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre y en el Decreto 22/2010, de 20 de abril, por el que se dictan normas de desarrollo para la calificación de empresas de inserción y se crea el registro administrativo de empresas.
Estar calificada como Empresa de Inserción en el Registro de Empresas de Inserción en Castilla la Mancha, de conformidad con lo establecido en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre y en el Decreto 22/2010, de 20 de abril.
Se concederán todas aquellas solicitudes que cumplan con los requisitos establecidos en el Decreto 52/2023, teniendo como límite las consignaciones presupuestarias previstas en las partidas presupuestarias correspondientes.
3 meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
Desestimatorio
-Informe de los servicios sociales competentes en el que se reconozca la situación de riesgo o exclusión social de cada una de las personas por las que se solicita la subvención.
- Documento del itinerario de inserción sociolaboral firmado entre la persona contratada y la entidad beneficiaria.
- Autorización de la persona para cuya contratación se solicita la subvención, al efecto de comprobar sus datos laborales, según Anexo II debidamente cumplimentado. En el supuesto de oponerse a la consulta de los datos que en dicho anexo se determinan, deberá aportar la documentación correspondiente.
- Contrato de trabajo y prórroga en su caso
En el caso de que se haya producido alguna modificación relativa al REgistro de Empresas de Inserción:
- Escritura pública de constitución y estatutos debidamente inscritos en el registro correspondiente.
- Documento acreditativo de la capacidad del representante legal de la entidad solicitante para actuar en nombre y representación de la misma.
Las entidades beneficiarias deberán presentar, de forma telemática con firma electrónica, en el plazo de 2 meses desde la finalización del contrato, junto al Anexo V, como justificación final de la subvención concedida:
- Nóminas correspondientes al periodo subvencionado.
- Justificantes bancariosde los salarios abonados
- Documentos de cotización a la Seguridad Social del periodo subvencionado (RNT, IDC), así como sus correspondientes justificantes de pago.
- Informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social
- Información relativa a los ingresos y gastos obtenidos en el funcionamiento del Servicio de Interés Económico General.
- En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
- Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
- Decreto 52/2023, de 25 de mayo, por el que se regula la concesión directa de ayudas para el fomento de la inserción laboral de personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción. Extracto BDNS (Identif.): 699039.
- Resolución de 13/06/2024, de la Dirección General de Empleo, por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2024, para la concesión de las subvenciones previstas en el Decreto 52/2023, de 25 de mayo, por el que se regula la concesión directa de ayudas para el fomento de la inserción laboral de personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción. Extracto BDNS (Identif.): 768296.
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