Autorización de transporte publico discrecional de viajeros en autobús (vd)
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Plazo abierto todo el año.
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
El objeto de este proceso es la obtención de la autorización administrativa para la realización de transporte público discrecional de viajeros en autobús.
Empresas de autobuses discrecionales.
- Cumplir los requisitos de competencia profesional, honorabilidad y capacidad económica conforme a la normativa vigente.
- Cumplir las obligaciones de carácter fiscal, social y laboral establecidas en la ley. La empresa solicitante debe tener su domicilio fiscal en Castilla-La Mancha.
- El otorgamiento inicial exige disponer de, al menos, cinco vehículos con una antigüedad máxima de dos años, los cuales deben sumar 90 plazas.
- Las empresas que contraten conductores nacionales de países no pertenecientes a la Unión Europea deberán solicitar para los mismos un certificado de conductor.
5 MESES
TASA; 36,41 euros PAGO DE LA TASA a) Por Internet: 1. Entre en el módulo de Pago de Tasas que aparece en la Oficina Virtual de Fomento directamente accediendo a la siguiente dirección http://indu1.jccm.es/pagoTasas/ o a través del portal corporativo www.castillalamancha.es - Gobierno - Fomento - Pago de Tasas y Sanciones - Pago de Tasas 2. Seleccione la opción Autoliquidación de Tasas y, dentro de la pestaña Transportes, acceder a ¿Tarifa 3. Expedición de autorización de transporte regular temporal o de uso especial...¿. Y rellenar la información de las 3 pestañas: Tasas, Solicitante y Pago. 3. Puede encontrar toda la ayuda necesaria sobre el proceso de autoliquidación en el apartado Información. 4. Si decide realizar el pago telemático debe indicar en la solicitud el nº de referencia de la autoliquidación. b) Presencialmente, mediante ingreso en cuenta o con tarjeta de crédito en las Oficinas de Registro de C-LM (adjuntar copia de autoliquidación)
Desestimatorio
- Solicitud normalizada.
- Justificante de abono de la tasa.
- NIF o CIF.
- Documento de alta en el IAE.
- Documento de alta en la Seguridad Social.
- Permiso de circulación de, al menos, cinco vehículos a nombre del solicitante, con una antigüedad no superior a dos años y que sumen un total de noventa plazas.
- Ficha técnica de los vehículos, con ITV en vigor, de cada vehículo.
- Justificación de Competencia Profesional, capacidad económica y disposición de local.
- Declaración de Honorabilidad.
- Ley 9/2013, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
- Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.
- Real Decreto 1225/2006, de 27 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre.
- Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.
- Real Decreto 1136/1997, de 11 de julio, por el que se modifica parcialmente el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.
- Orden de 23 de julio de 1997 por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de transporte discrecional y privado complementario de viajeros en autobús.
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