Concesión sobre bienes de dominio publico.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Recepción de las solicitudes, verificación del cumplimiento de los requisitos, informes y resolución.
Personas físicas, jurídicas y organismos públicos.
- Plazo mínimo (exclusivamente para instalaciones no permanentes): 10 años.
- En todo caso, 75 años, incluidas las prórrogas.
- Resolución otorgando la concesión.
- Formalización en documento administrativo.
La adjudicación, en régimen de concurrencia, se decidirá en base a los criterios publicados en el D.O.C.M., entre los que se contemplará, de ser ello posible, la mayor utilidad pública o interés social de los usos objeto de las solicitudes.
- ADJUDICACIÓN DIRECTA: TRES MESES. - ADJUDICACIÓN EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA:SEIS MESES.
Desestimatorio
- Fotocopia del documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante (en el caso de que se haya opuesto a su consulta).
- Si la persona solicitante es Organismo Público, acuerdo del Pleno u órgano equivalente solicitando la cesión.
- Si la persona solicitante es representante de otra u otras titulares, deberá acreditar dicha representación por cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna o mediante comparecencia personal de la persona interesada (artículo 5.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Además, deberá presentar toda la documentación acreditativa de la condición de titulares del derecho de sus representadas en los términos expuestos anteriormente
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