Autorización de explotación de instalaciones gasistas de competencia autonómica
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Plazo de solicitud abierto todo el año. Sin perjuicio de ello, deberá presentarse en el plazo que, en su caso, pudiera haberse establecido en las resoluciones de autorización administrativa previa o de construcción de la instalación.
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Obtención de la autorización de explotación de instalaciones de transporte secundario o distribución de gas, cuando la competencia corresponda a esta Comunidad Autónoma (según el artículo 3.3 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos), que se concreta mediante el levantamiento del acta de puesta en servicio de las instalaciones.
Titulares de las instalaciones de transporte secundario de gas natural o distribución de combustibles gaseosos.
1 MES
Desestimatorio
unto a la solicitud normalizada se aportará:
- Certificado de final de obra suscrito por técnico facultativo competente.
- Certificado de la instalación y, en su caso, de las pruebas realizadas, de la empresa instaladora responsable de la ejecución.
- Certificado de inspección, cuando proceda, emitido por el organismo de control que ha realizado dicha inspección.
- Documentación y certificación de todos los recipientes a presión de la instalación y de sus accesorios, cuando así lo determine la reglamentación específica.
La autorización de explotación permite, una vez ejecutado el proyecto, poner en gas las instalaciones y proceder a su explotación comercial y se concreta mediante el levantamiento del acta de puesta en servicio de las instalaciones.
Durante el plazo de resolución de la autorización de puesta en marcha, las Delegaciones Provinciales podrán extender acta de puesta en servicio para pruebas de la instalación.
Asimismo, las citadas Delegaciones podrán extender, a solicitud del interesado, actas de puesta en servicio parciales para determinadas partes del proyecto cuando el peticionario justifique la necesidad de su funcionamiento con anterioridad a la finalización del proyecto.
En los casos de extensiones de redes existentes, la autorización administrativa previa se solicitará en base a una memoria general que contenga las previsiones anuales aproximadas de construcción de instalaciones de distribución. Dentro del primer trimestre de cada año el distribuidor deberá enviar al órgano compe
- Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa.
- Ley 7/2008, de 13/11/2008, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE REGULACION DE TASAS EN MATERIA DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINAS DE CASTILLA-LA MANCHA
- Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.
- Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11.
- Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles.
- Orden de 18 de noviembre de 1974 por la que se aprueba el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos.
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