Registro de grúa torre para obras u otras aplicaciones
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto todo el año
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Definir el procedimiento para el registro de grúa torre para obras u otras aplicaciones: de la instalación y la puesta en servicio, así como las modificaciones esenciales en grúas instaladas.
Personas físicas o jurídicas titulares de grúas torre para obras u otras aplicaciones.
INSTALACIÓN:
La instalación de los aparatos de grúas torre para obras u otras aplicaciones requiere la presentación de un proyecto ante el órgano competente de la comunidad autónoma, suscrito por técnico/a titulado/a competente, junto con el justificante del pago de la tasa correspondiente.
No se exigirá un nuevo proyecto técnico cuando una misma grúa se desplace dentro de la misma obra y siempre que no se modifiquen sus condiciones de montaje e instalación ni las características del terreno, siendo necesario para la nueva instalación la presentación de los documentos previstos para la puesta en servicio.
PUESTA EN SERVICIO:
Para la puesta en servicio se presentará ante el órgano competente de la comunidad autónoma el resto de la documentación que se indica.
MODIFICACIONES ESENCIALES:
En caso de realizar modificaciones esenciales requerirán la presentación de la documentación prevista para la instalación y puesta en servicio.
3 MESES
Tasa aplicable conforme a las cuotas y tarifas establecidas en la Ley 7/2008, de 13 de noviembre de Regulación de tasas en materia de Industria, Energía y Minas de Castilla-La Mancha, modificada por la Ley 2/2012, de 19 de abril, por la que se modifica la Ley 9/2008, de 4 de diciembre, de Medidas en Materia de Tributos Cedidos y se establecen otras medidas fiscales.
TARIFA 5.1
TASA: 171 euros
Estimatorio
Para la instalación y puesta en servicio:
(Las modificaciones esenciales requerirán la presentación de la documentación prevista para la instalación y puesta en servicio)
- Justificante del pago de la tasa correspondiente.
- Proyecto de instalación o, en su caso, certificado de instalación de grúa autodesplegable monobloc
- Certificado de instalación
- Informe de inspección de la grúa (si procede)
- Contrato de mantenimiento
- Documento de cumplimiento de la Norma UNE 58-101-92, parte 2
- Declaración CE o certificado del cumplimiento de las disposiciones adicionales 1ª o 2ª del RD 836/2003
- Certificación de los elementos mecánicos o estructurales incorporados a la grúa (en su caso)
Para la baja de la instalación por desmontaje de la grúa torre:
- Certificado de desmontaje
AMBITO DE APLICACION:
Este procedimiento es aplicable a todas instalaciones de grúas torre de más de 15 kN.m de momento nominal, movidas mecánicamente, destinadas a la elevación y distribución de materiales, tanto en obras como en otras aplicaciones.
SUSTITUCION DEL PROYECTO POR CERTIFICADO:
En el caso de grúas autodesplegables de tipo monobloc cuyo momento nominal esté comprendido entre 15 kN.m y 170 kN.m, el proyecto de instalación citado anteriormente podrá ser sustituido por un certificado de instalación emitido y firmado por el técnico/a titulado/a competente de la empresa instaladora.
MODIFICACIONES ESENCIALES:
Se consideran modificaciones esenciales en grúas instaladas las que afectan a alguno de los siguientes extremos: alcance; altura de montaje; diagrama de cargas y alcances; composiciones del mástil, pluma o contrapluma; Cables (tipo o diámetro); Masas de lastre y de contrapeso; Velocidades; Elementos de seguridad.
- Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.
- Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos.
- Real Decreto 837/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción técnica complementaria "MIE-AEM-4" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas.
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