Autorización de cierre de establecimiento de dispensación de medicamentos veterinarios
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Autorizar el cierre voluntario de aquellos establecimientos en funcionamiento relacionados con la dispensación de medicamentos veterinarios (establecimientos comerciales detallistas y agrupaciones ganaderas) que no quieran continuar con la actividad.
Personas físicas o jurídicas que estén desarrollando la actividad de dispensación de medicamentos veterinarios (establecimientos comerciales detallistas y agrupaciones ganaderas)
Disponer de autorización de funcionamiento
Presentar la solicitud un mes antes de la fecha prevista de cierre
Conservar la documentación obligatoria al menos 5 años desde el cierre
3 MESES
Tasa 90,51 euros
Estimatorio
Memoria donde se especifiquen las razones que motivan el cierre, destino de los medicamentos y demás productos en existencias e informe del farmacéutico responsable del balance de entradas y salidas desde el último inventario.
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, ORDENACIÓN E INSPECCIÓN SANITARIA.
Servicio de Inspección
Avenida de Francia, 4 - 45071-Toledo.
Email: ifarmacia.sscc@jccm.es
DIRECCIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD:
ALBACETE. Avenida de la Guardia Civil, 5 ¿ 02071 Albacete. Teléfono 967 55 79 00
CIUDAD REAL. C/ Paloma, 7 ¿ 13071 Ciudad Real. Teléfono 926 27 60 00
CUENCA. C/ de las Torres, 43 ¿ 16071 Cuenca. Teléfono 969 17 65 00
GUADALAJARA. C/ Doctor Fernández Iparraguirre, 1 ¿ 19071 Guadalajara. Teléfono 949 88 55 00
TOLEDO. C/ Río Guadalmena, 2 ¿ 45071 Toledo. Teléfono 925 26 64 00
- Ley 2/2015, de 19 de febrero, por la que se modifica la Ley 5/2005, de 27 de junio, de Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha.
- Ley 5/2005, de 27/06/2005, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE ORDENACION DEL SERVICIO FARMACEUTICO DE CASTILLA-LA MANCHA
- Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.
- Real Decreto 1132/2010, de 10 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios.
- Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios, modificado por Real Decreto 1132/2010, de 10 de septiembre.
- Decreto 24/2000, de 08/02/2000, Consejo de Gobierno, DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
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