Ayuda del programa operativo
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Tiene por objeto establecer en Castilla La Mancha la forma de presentación de la solicitud de ayuda del programa operativo por las OPFH de Castilla-La Mancha, a través de la aplicación informática de Gestión de Programas Operativos (GESPRO).
Actuaciones de la Administración:
- Recepción y estudio de las solicitudes de ayuda
- Resolución de la ayuda
- Pago de la ayuda
- Las organizaciones de productores de Frutas y Hortalizas (OPFH)
- Las asociaciones de organizaciones de productores Frutas y Hortalizas
- Que las medidas, acciones, actuaciones, inversiones y concepto de gasto cumplan con los límites máximos de gastos.
- Se comprobará que el programa operativo total (de 3 a 7 años) realmente ejecutado persigue al menos los objetivos mencionados en el artículo 46, letras b), e) y f) del Reglamento (UE) 2021/2115.
- Se comprobará que al menos el 15 % del gasto del programa operativo se destinará intervenciones relacionadas con los objetivos agroambientales y climáticos del artículo 46, letras e) y f) y que el programa operativo incluya 3 o más intervenciones relacionadas con dichos objetivos.
- Se comprobará que las inversiones o conceptos de gasto se ajustan a lo aprobado dentro del calendario de ejecución y han sido realizadas dentro de la anualidad, es decir, antes del 31 de diciembre.
- Se comprobará finalmente que el fondo operativo ejecutado sea igual o mayor al 60 por ciento del aprobado inicialmente.
Fase de aprobación: Se comprobará el cumplimiento de las solicitudes de ayuda de los programas operativos con los requisitos establecidos en el Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre.
El plazo de pago del pago parcial será de 3 meses desde la solicitud y para el pago del saldo el plazo de pago será más tardar el 15 de octubre del mismo año de la solicitud.
Estimatorio
La persona representante de las OPFH debe adjuntar junto a esta solicitud la solicitud de pago de ayuda generada por Gespro en estado cerrado.
Pago parcial: hasta el 31 de octubre de la anualidad
en curso.
Pago del saldo o ayuda total: a más tardar el 15 de
febrero del año siguiente al año para el que se solicita la ayuda.
La notificación de trámites relacionados con este
procedimiento se realizará por la administración de forma electrónica, para lo
cual los representantes de las organizaciones de productores deberán darse de
alta en la Plataforma de Notificaciones Electrónicas de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha: NOTIFIC@.
En el supuesto que el representante de la OPFH no haya
cumplido con la obligación impuesta en el apartado anterior, la administración
procederá, de oficio, a darle de alta.
- Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nº. 1305/2013 y (UE) nº. 1307/2013.
- Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la Comisión de 7 de diciembre de 2021 por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos adicionales para determinados tipos de intervención especificados por los Estados miembros en sus planes estratégicos de la PAC para el período 2023-2027 en virtud de dicho Reglamento, y a las normas sobre la proporción relativa a la norma 1 de las buenas condiciones agrarias y medioambientales (BCAM).
- Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan el reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas.
- Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de las frutas y hortalizas y de sus asociaciones en el marco de la intervención sectorial del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
- Orden 141/2017, de 28 de julio, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, para la presentación de los proyectos de programas y fondos operativos, de sus modificaciones, de la solicitud de ayuda previstos en Real Decreto 533/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas, por las organizaciones de productores de frutas y hortalizas de Castilla-La Mancha, a través de la aplicación informática de Gestión de Programas Operativos (Gespro).
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