Liquidación de la subvención vinculada a la participación institucional en el plan de medidas extraordinarias para la recuperación económica de Castilla-La Mancha.

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1004200

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

El plazo para presentar la justificación final de cada anualidad, será antes del 1 de marzo de 2021, para la anualidad 2020 y antes del 31 de julio para la anualidad 2021.

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Subvención de concesión directa a la Unión General de Trabajadores de Castilla-La Mancha (UGT), Comisiones Obreras de Castilla-La Mancha (CCOO) y la Confederación Regional de Empresarios de Castilla-La Mancha (CECAM), vinculadas a la participación institucional en el Plan de Medidas Extraordinarias para la Recuperación Económica de Castilla-La Mancha, con motivo de la crisis del COVID-19.

La Unión General de Trabajadores de Castilla-La Mancha (UGT), Comisiones Obreras de Castilla-La Mancha (CCOO), y la Confederación Regional de Empresarios de Castilla-La Mancha (CECAM)

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias, tanto con la administración estatal como con la regional, y frente a la S. Social.
b) No estar incursa la persona que ostente la representación legal de la entidad en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, de conformidad con el artículo 74.2 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
c) No estar incursa en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
d) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, y no haber sido sancionado, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave.
e) No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente.

Subvención de concesión directa.

NO SE APLICA

La cuantía de la subvención, con las condiciones establecidas en el presente decreto, será de hasta 375.000 euros para la la Unión General de Trabajadores de Castilla-La Mancha (UGT), de hasta 375.000 euros para Comisiones Obreras de Castilla-La Mancha (CCOO) y, de hasta 375.000 euros para la la Confederación Regional de Empresarios de Castilla-La Mancha (CECAM)

a) Memoria de actuación y justificativa del cumplimiento de los planes anuales de trabajo presentados, recogidos en este decreto, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
b) Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, en la que se incluya una relación clasificada de los gastos de las actividades realizadas con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago.
c) Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago, conforme a la Orden de 7 de mayo de 2008, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula la forma de acreditación del pago efectivo del gasto realizado en materia de subvenciones.
d) Indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los costes generales y/o indirectos incorporados en la relación a que se hace referencia en el apartado b).
e) Nóminas, Seguros Sociales TC1 y TC2 y documentos justificativos del pago, del personal adscrito al desarrollo de las actuaciones subvencionables.
f) En su caso, los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, deba de haber solicitado el beneficiario.
g) Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.

Modelos del trámite

Anexo justificación.