Autorización para recibir frutas y hortalizas procedentes de retiradas del mercado con destino a la alimentación animal
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Autorización para recibir frutas y hortalizas procedentes de retiradas del mercado con destino a la alimentación animal para los ganaderos establecidos en Castilla-La Mancha, parque zoológico, reserva de caza o empresa asimilada.
Ganaderos de Castilla-La Mancha, parque zoológico, reserva de caza o empresa asimilada.
- Que las instalaciones ganaderas estén ubicadas en el territorio de Castilla-La Mancha.
- Tener el Libro de Registro de Explotación actualizado en los últimos 6 meses.
- Someterse a los controles sobre el terreno.
- Cumplir con las normas medioambientales establecidas.
- Cumplimentar el Libro de Consumo Ganadero.
10 DIAS
Desestimatorio
Los ganaderos deberán aportar:
- Fotocopia del NIF de la persona solicitante, sólo en el caso de no autorizar a la Administración a su consulta.
- En el caso de que la solicitud se haga a través de representante, documento que lo acredita como tal.
- Portada del Libro de Registro de la Explotación (que figure Código REGA y coordenadas de la explotación).
- Hoja de registro del censo de la explotación actualizado como mínimo en los últimos 6 meses.
El ganadero que solicite autorización deberá asumir los siguientes compromisos:
- Recibir los productos entregados por los productores en la forma y plazos previstos.
- Remitir a la Administración la documentación prevista.
- El compromiso de no aceptar cantidades superiores a las autorizadas.
- Facilitar toda la documentación e información que le sea requerida.
- Compromiso de cumplir las disposiciones del Reglamento Delegado (UE) 2022/126; de llevar una contabilidad material, según el anexo IX Libro de consumo ganadero y de someterse a las operaciones de control previstas en la normativa comunitaria.
- Enviar al productor, como justificante de su entrega, el albarán de entrega, transporte y recepción.
- Respetar las normas medioambientales establecidas.
- Contar con instalaciones adecuadas para realizar la retirada de frutas y hortalizas.
- Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nº. 1305/2013 y (UE) nº. 1307/2013.
- Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la Comisión de 7 de diciembre de 2021 por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos adicionales para determinados tipos de intervención especificados por los Estados miembros en sus planes estratégicos de la PAC para el período 2023-2027 en virtud de dicho Reglamento, y a las normas sobre la proporción relativa a la norma 1 de las buenas condiciones agrarias y medioambientales (BCAM).
- Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de las frutas y hortalizas y de sus asociaciones en el marco de la intervención sectorial del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
- Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la Política Agrícola Común.
- Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2430 de la Comisión, de 17 de agosto de 2023, por el que se establecen disposiciones relativas a los controles de conformidad con las normas de comercialización para el sector de las frutas y hortalizas, determinados productos procedentes de frutas y hortalizas transformadas y el sector de los plátanos.
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