Autorización de materias optativas definidas por los centros en la etapa de Educación Secundaria, en Castilla-La Mancha.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Plazo de presentación de solicitudes: Del 1/09 al 31/01 del curso anterior a la implantación de la materia. Curso 2025/2026: Desde el 15/12/2025 hasta 10/04/2026.
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Definir las condiciones para diseñar los proyectos de las materias optativas que los centros educativos deseen ofertar y regular el procedimiento para su solicitud y autorización.
La presente Orden será de aplicación en los centros docentes no universitarios, públicos y privados, que impartan las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria y/o Bachillerato, en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
Los centros educativos deberán disponer de los recursos materiales y didácticos indispensables, las instalaciones adecuadas, así como el profesorado necesario, preferentemente con destino definitivo en el centro, para el desarrollo de dicha materia. La autorización de las materias solicitadas no supondrá, en ningún caso, un aumento de cupo en el perfil del profesorado del centro educativo solicitante por parte de la Administración.
Los proyectos diseñados como trabajo monográfico y proyecto de colaboración con un servicio a la comunidad serán aprobados, según criterios definidos en Anexos II y III, por CCP, Claustro y Consejo escolar del centro que desea incorporar a su oferta estas materias.
Los proyectos diseñados como proyecto interdisciplinar para la ESO o materias optativas de diseño propio para BACH serán valorados y autorizada su oferta, siguiendo los criterios definidos en los Anexos IV y V, por una comisión creada a tal efecto, presidida por la Directora General de Innovación Educativa y Centros, un o una representante de la Inspección General de Educación, la persona titular de la jefatura que tenga asignadas funciones en materia de Ordenación Académica, dos asesores o asesoras de dicho servicio; y una persona representante del Centro Regional de Formación del Profesorado.
El plazo máximo de resolución de este procedimiento será de seis meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
Desestimatorio
Junto con la solicitud se deben adjuntar los siguientes documentos:
a. Proyecto o proyectos de materias optativas que deseen autorizar.
b. Extracto del acta de la sesión de la Comisión de coordinación pedagógica, u órgano análogo en todo centro privado, donde se incluya la valoración motivada emitida por esta y el acuerdo de conformidad para elevar al Claustro el o los proyectos de materias optativas configuradas como proyecto interdisciplinar en los tres primeros cursos de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria y/o materias optativas definidas por el centro, en la etapa de bachillerato.
c. Extracto del acta de la sesión del Claustro, con indicación del cómputo de la votación, firmado y sellado por el Secretario o la Secretaria del centro educativo, en el que se aprueba la solicitud de autorización de materias optativas configuradas como proyecto interdisciplinar en los tres primeros cursos de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria y/o materias optativas definidas por el centro, en la etapa de Bachillerato.
d. Extracto del acta de la sesión del Consejo escolar, con indicación del cómputo de la votación, o documento análogo del órgano a través del cual se canalice la participación de la comunidad educativa en los centros privados, firmado y sellado por el Secretario o Secretaria del centro educativo, en el que se aprueba la solicitud de autorización de materias optativas configuradas como proyecto interdisciplinar en los tres primeros cursos de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria y/o materias optativas definidas por el centro, en la etapa de Bachillerato.
SERVICIO DE ORDENACIÓN ACADÉMICA, ESTADÍSTICA Y EVALUACIÓN.
BULEVAR DEL RÍO ALBERCHE, S/N.
45071 TOLEDO
CORREO ELECTRÓNICO: ordenacion.academica@jccm.es
- Decreto 31/2024, de 25 de junio, por el que se modifica el Decreto 82/2022, de 12 de julio, por el que se establece la ordenación y el currículo de Educación Secundaria Obligatoria en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y el Decreto 220/2023, de 29 de agosto, por el que se regula la asignación de materias optativas en Educación Secundaria Obligatoria y en Bachillerato a las especialidades de distintos cuerpos de personal funcionario docente en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
- Decreto 19/2024, de 9 de abril, por el que se modifica el Decreto 83/2022, de 12 de julio, por el que se establece la ordenación y el currículo de Bachillerato en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
- Orden 179/2025, de 9 de diciembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula el diseño, solicitud, autorización y oferta de materias optativas definidas por los centros en la etapa de Educación Secundaria, en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
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