Programa Investigo 2024 - Línea 2: Ayudas para el desplazamiento de las personas jóvenes contratadas en el marco de la línea 1.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
El plazo de presentación de solicitudes para la línea 2, será de 7 días a contar desde el día siguiente a la fecha del último contrato formalizado. Los contratos deberán dar comienzo, antes del 1 de noviembre de 2024
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Regular y convocar para 2024, las ayudas para sugragar los gastos de desplazamiento de la persona contratada abonados por la entidad beneficiaria, cuando el centro de trabajo del contrato subvencionado al amparo de la línea 1 se sitúe en un municipio distinto al de su residencia habitual. En todo caso, la residencia habitual de la persona contratada deberá ubicarse en un municipio de Castilla la Mancha
Organismos públicos de investigación, Universidades públicas, Centros e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro,Centros Tecnológicos, Institutos de investigación biomédica o sanitaria, Empresas pertenecientes al sector público o privado.
Además de los requisitos generales previstos en el artículo 5, deberá cumplir con los requisitos específicos para la línea 2 recogidos en el artículo 16 del Decreto.
Estas subvenciones se otorgarán en régimen de concesión directa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 75.2 c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, y en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Las resoluciones de concesión se dictarán por orden de presentación de solicitudes, una vez realizadas las comprobaciones y hasta agotar el crédito.
Un mes contado desde el día de la presentación de la solicitud
Desestimatorio
Se presentará el anexo II, junto con la documentación que en el mismo se indica, al que se acompañará el anexo IV, debidamente cumplimentado.
Más información:incentivos@jccm.es
Teléfonos: 925265685/925266307
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