Bonificación/cese de bonificación del canon medioambiental de la Directiva Marco del Agua (canon DMA) para usos domésticos.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
La concesión del porcentaje de bonificación correspondiente sobre la cuota íntegra del canon DMA a pagar; o retirada de la bonificación concedida.
- Personas físicas titulares del suministro de agua que pertenezcan a familias numerosas con título en vigor.
- Familias monoparentales.
- Mujeres víctimas de violencia de género.
- Personas en situación de riesgo de exclusión social.
- Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Declarar responsablemente que alguna de las personas que residen en el domicilio del suministro se encuentra en alguna de las situaciones contempladas en el art. 55 de la Ley 2/2022.
No tiene.
No tiene.
No_tiene
Formulario de declaración responsable disponible en la sede electrónica
- Familias numerosas: Se aplicará una bonificación sobre la cuota del 20% a las familias numerosas de categoría general y del 50% a las de categoría especial.
La bonificación se aplicará a la vivienda habitual exclusivamente, sin que pueda ser concedida en las restantes viviendas que pueda tener cualquiera de los miembros que constituyan la familia numerosa.
- Familias monoparentales: Se aplicará una bonificación del 100% sobre la cuota íntegra del canon DMA.
- Mujeres en situación de violencia de género: Se aplicará una bonificación del 100% sobre la cuota íntegra del canon DMA.
- Personas en riesgo de exclusión social: Se aplicará una bonificación del 100% sobre la cuota íntegra del canon DMA, en aquellos casos en que las ordenanzas municipales del Ayuntamiento correspondiente prevean la exención del pago del suministro de agua. En caso contrario, se aplicará una bonificación del 50%.
- Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%: Se aplicará una bonificación del 100% sobre la cuota íntegra del canon DMA.
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