Alta o baja de recintos SIGPAC en el sistema de gestión de parcelas que no pueden ser solicitadas en la solicitud única de ayudas de la PAC

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Código de procedimiento: 1015296

En plazo

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Online

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Según lo dispuesto en el artículo 7.2.ii de la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se establecen disposiciones de aplicación de las intervenciones en forma de pagos directos para el año 2026, las personas propietarias de los recintos sigpac podrán requerir que estos recintos no puedan ser declarados en la solicitud única 2026 y siguientes por otros solicitantes al no estar arrendados o cedidos en aparcería por justo título.


Propietarios o titulares de los recintos sigpac

Que todas las personas propietarias lo soliciten de forma telemática, con firma electrónica de la persona propietaria a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es) cuyo modelo se indica en el Anexo I de la presente orden. A tal efecto, la persona propietaria deberá darse de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://notifica.jccm.es/notifica/)

Una vez comprobada la justificación de la titularidad de la parcela agrícola se estimará o desestimará su inclusión en el sistema de gestión de parcelas no declarables para la campaña 2026 y siguientes

Seis meses.

Estimatorio


Documentación que aporta para justificar esta solicitud en la que figure explícita la identificación del recintos sigpac no declarable:

Escritura de propiedad

Documentación catastral

Copia simple del registro de la propiedad

Último pago del recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)

Modelos del trámite

ANEXO_I_Solicitud alta y baja recintos SIGPAC