Alta o baja de recintos SIGPAC en el sistema de gestión de parcelas que no pueden ser solicitadas en la solicitud única de ayudas de la PAC
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Según lo dispuesto en el artículo 7.2.ii de la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se establecen disposiciones de aplicación de las intervenciones en forma de pagos directos para el año 2026, las personas propietarias de los recintos sigpac podrán requerir que estos recintos no puedan ser declarados en la solicitud única 2026 y siguientes por otros solicitantes al no estar arrendados o cedidos en aparcería por justo título.
Propietarios o titulares de los recintos sigpac
Que todas las personas propietarias lo soliciten de forma telemática, con firma electrónica de la persona propietaria a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es) cuyo modelo se indica en el Anexo I de la presente orden. A tal efecto, la persona propietaria deberá darse de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://notifica.jccm.es/notifica/)
Una vez comprobada la justificación de la titularidad de la parcela agrícola se estimará o desestimará su inclusión en el sistema de gestión de parcelas no declarables para la campaña 2026 y siguientes
Seis meses.
Estimatorio
Documentación que aporta para justificar esta solicitud en la que figure explícita la identificación del recintos sigpac no declarable:
Escritura de propiedad
Documentación catastral
Copia simple del registro de la propiedad
Último pago del recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)
- Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nº. 1305/2013 y (UE) nº. 1307/2013.
- Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.
- Orden 5/2026, de 28 de enero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se establecen disposiciones de aplicación de las intervenciones en forma de pagos directos financiadas con cargo al Fondo Europeo Agrícola (Feaga), la solicitud única y los requisitos comunes para el cobro de las ayudas y se convocan para el año 2026. Extracto BDNS (Identif.): 884030.
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