Ayudas destinadas a los titulares de las autorizaciones de transporte público de viajeros en vehículos de turismo auto-taxi (VT) en el marco del Programa de fomento a la adaptación de vehículos taxi.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Convocar las ayudas para financiar actuaciones destinadas al fomento de la adaptación de vehículos taxi para ser accesibles a personas con movilidad reducida.
Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas titulares de las autorizaciones de transporte público de viajeros en vehículo de turismo auto-taxi (VT) domiciliadas en Castilla-La Mancha y expedidas por la Dirección General competente en materia de transportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y que sean propietarias-titulares del vehículo que se adapte.
1. Para acceder a la condición de persona beneficiaria de las ayudas, la persona solicitante deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Cuando sea persona física, poseer la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y Suiza. En el caso de las personas extranjeras no comunitarias, deberán tener residencia legal en España.
b) Cuando sea persona jurídica, acreditar o declarar expresamente en su solicitud que se encuentra debidamente constituida, según la normativa que les resulte de aplicación.
c) Tener su domicilio fiscal en el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.
e) No encontrarse incursa en ninguna de las circunstancias que determina el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
f) No haber sido sancionada por resolución administrativa firme o condenado por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha, salvo cuando acrediten haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y hayan elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. En tal caso, el
El procedimiento para otorgar las ayudas será el procedimiento de concurrencia competitiva, al financiarse actuaciones que requieren de valoración comparativa entre sí. Los criterios de valoración serán por población, por número de licencias municipales adaptadas para personas con discapacidad o movilidad reducida y por fecha de matriculación del vehículo que se pretende adaptar.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 6 meses, a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Desestimatorio
1. A fin de acreditar y verificar la concurrencia y el cumplimiento de las circunstancias y requisitos exigidos se deberá aportar, en su caso, la siguiente documentación:
A.- Documentación referida a la persona solicitante:
Documentación que acredite la identidad de la persona solicitante:
a) Cuando se trate de personas físicas, copia del DNI de la solicitante. En caso de no tener la nacionalidad española, copia del NIE y acreditación de la identidad y de la pertenencia a algunos de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o Suiza. En el caso de que la persona solicitante sea extranjera no comunitaria NIE y documento acreditativo de la identidad y de la residencia legal en España. Sólo será necesario aportar dicha documentación en el caso de oponerse a su consulta por el órgano instructor mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
b) Cuando se trate de personas jurídicas:
1º Copia del NIF de la solicitante persona jurídica. Sólo será necesario aportar dicha documentación en el caso de oponerse a su consulta por el órgano instructor mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
2º Documentación que acredite estar debidamente constituida, según la normativa que le resulte de aplicación.
c) En el caso de que se presentara la solicitud a través de representante, se ajustará a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre:
1º Acreditación de la representación que ostenta la solicitante por cualquier medio válido en derecho.
2º Copia del DNI o NIF de la persona representante de la solicitante. Sólo será necesario aportar dicha documentación en
- Orden 164/2025, de 5 de noviembre, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las personas titulares de las autorizaciones de transporte público de viajeros en vehículos de turismo auto-taxi (VT) en el marco del Programa de fomento a la adaptación de vehículos taxi a personas con movilidad reducida.
- Resolución de 08/04/2026, de la Dirección General de Transportes y Movilidad, por la que se convocan ayudas reguladas en la Orden 164/2025, de 5 de noviembre, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las personas titulares de las autorizaciones de transporte público de viajeros en vehículos de turismo auto-taxi (VT) en el marco del Programa de fomento a la adaptación de vehículos taxi a personas con movilidad reducida. Extracto BDNS (Identif.): 898423.
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