Subvenciones -Adelante Inversión- para el fomento de la inversión y la mejora de la productividad empresarial en Castilla-La Mancha

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1004580

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución y en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha hasta el 31 de marzo de 2025, y se dirigirán a la persona titular de la Dirección General.

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Facilitar financiación a las empresas para poner en marcha un proyecto empresarial, su incorporación al tejido empresarial de Castilla-La Mancha y la mejora de su productividad, todo ello mediante la realización de inversiones productivas, que conlleven un aumento del valor añadido de los productos fabricados en la región, intervengan directamente en el proceso productivo, así como la creación de empleo vinculado a la inversión y/o mantenimiento de puestos de trabajo.

Las pymes, que tengan ánimo de lucro, que proyecten llevar a cabo una inversión en un centro de trabajo o establecimiento operativo localizado en Castilla-La Mancha y que realicen alguna actuación subvencionable con arreglo a la orden de bases reguladoras. Serán consideradas como beneficiarias de estas ayudas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de entidad sin personalidad jurídica.

Requisitos para acceder a la condición de entidad beneficiaria.

Artículo 4 de la orden de bases reguladoras.

- Requisitos de los beneficiarios: los establecidos en el artículo 4 de la Orden de Bases Reguladoras.

- Requisitos de los proyectos: los establecidos en el artículo 11 de la misma Orden.


Requisitos destacables:

- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de sus obligaciones tributarias, y frente a la Seguridad Social.

- Que el ejercicio de la actividad económica y las actuaciones e inversiones objeto de subvención se realicen dentro del territorio de Castilla-La Mancha.

- No estar incursos en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

- No estar incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre.

- No tener la consideración de empresa en crisis.

- No haber puesto fin a una actividad idéntica o similar en los 2 años anteriores.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses, a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro.

Desestimatorio

A la solicitud de la subvención (Anexo I de la Resolución de convocatoria) se acompañará el Anexo III-Memoria del proyecto empresarial a realizar, y el resto de documentación establecida en la disposición novena de la referida Resolución.

Todos los trámites relacionados con la solicitud se notificarán únicamente de forma electrónica, a través de la plataforma de notificaciones telemáticas en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://notifica.jccm.es/Notifica/


Para cualquier duda o aclaración:

Albacete: 967558324 ¿ 967134398 ¿ 967196753 ¿ 967557816 ¿ 967557817 ¿ 967557814 ¿ 967558139

Ciudad Real: 926050285 ¿ 926050474 ¿ 926277260 ¿ 926277263 ¿ 926277264 ¿ 926275768

Cuenca: 969247791

Guadalajara: 949888672 ¿ 949887850

Toledo: 925266606 ¿ 925248310 - 925389193 ¿ 925248136 - 925330129


Correo electrónico: serviciodeincentivacion@jccm.es

Modelos del trámite

Anexo II-Declaracion pyme_FIE 2023
Anexo III-Memoria del proyecto_FIE 2023
Anexo VII-Sucesion_FIE 2023
Anexo VIII-Ratificacion solicitud_FIE 2023
Anexo X-Consulta datos personales_FIE 2023
Anexo VII-Sucesion_FIE 2022
Anexo IV-Solicitud abono-FIE 2022
Anexo V-Relacion de facturas FIE-2022
Anexo VI-Memoria justificativa FIE-2022
Anexo IX-Solicitud modificacion proyecto FIE-2022