Clase práctica de Escuela Taurina fuera de su sede.

Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital
Código de procedimiento: 1002352

En plazo

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Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

Deberá presentarse con una antelación mínima de 5 días hábiles previos a la fecha prevista para su celebración. Para subsanación de la documentación: 24 horas hábiles.

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Regular la celebración de cada clase práctica a desarrollar por una Escuela Taurina en instalaciones fuera de su sede.

Responsables de las Escuelas Taurinas cuya creación y funcionamiento han sido autorizadas por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Actividad formativa integrada en el Plan de Enseñanza de la Escuela Taurina.

Actividad no tipificada como festejo taurino.

No ser actividad de carácter lucrativo.

Existencia de convenio con el titular de las instalaciones.

Disponibilidad de Centro de Salud y equipo médico, primeros auxilios, Protección Civil y ambulancia.

Solicitud al Colegio de Veterinarios de asignación de un/a profesional que acredite el cumplimiento de los requisitos y condiciones sanitarias.

La aportación de la documentación exigida en el artículo 92 del Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos.

48 horas hábiles siguientes a la presentación de la documentación completada.

Estimatorio

-Memoria justificativa, con expresión del desarrollo de la actividad concreta a realizar, finalidad de la misma e idoneidad del recinto e instalaciones, fecha, hora y lugar, elementos materiales, reses y ganadería, plaza de toros a utilizar, consultorio médico, vehículo para plan de evacuación, responsables de la clase práctica con reproducción de su carnet profesional y alumnos participantes, integración de la clase en el plan de enseñanza, constando expresamente su no tipificación como festejo taurino ni ser lucrativo.

-Certificado de instalaciones.

-Convenio con el titular de la plaza.

-Comunicación de Alcaldía sobre disponibilidad de Centro de Salud para primeros auxilios, Agrupación de Voluntarios de Protección Civil y dotación de medios, incluida ambulancia.

-Certificado de equipo médico de asistencia a la clase práctica.

-Solicitud al Colegio de Veterinarios correspondiente de asignación de un/a profesional que acredite el cumplimiento de los requisitos y condiciones sanitarias, conforme al art. 92.7 del RD 145/1996.

Los certificados de los/las profesionales intervinientes que estén colegiados, y de las personas jurídicas, deberán presentarse con firma electrónica, de conformidad con el art. 14.2 de la Ley 39/2015.

Contactos en las Delegaciones Provinciales de:

Albacete: autorizacionesdelegacion.ab@jccm.es

Ciudad Real: proteccionciudadanacr@jccm.es

Cuenca: aapp.cu.autorizaciones@jccm.es

Guadalajara: dpgu.espectaculos@jccm.es

Toledo: torostoledo@jccm.es

El Real Decreto 1086/2020, de 9 de diciembre, por el que se regulan y flexibilizan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones de la Unión Europea en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios y se regulan actividades excluidas de su ámbito de aplicación, en su art. 24.c, establece que las reses sangradas se trasladarán obligatoriamente a un matadero, que:

- Si está ubicado dentro de la Comunidad Autónoma CLM debe ser previamente comunicado a la Delegación Provincial de la Consejería de Sanidad: https://www.jccm.es/tramites/1005160

- Si está ubicado fuera de CLM debe ser autorizado por la CA de destino: https://www.jccm.es/tramites/1005161