Cooperativas y sociedades laborales: arbitraje, conciliación y mediación.

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1005522

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Presencial

Presencial

A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Instrucción del procedimiento hasta el nombramiento del árbitro y tareas de apoyo y asistencia una vez designado éste.

- Socias/os de cooperativas y sociedades laborales.
- Cooperativas y sociedad laborales.
- Uniones, Federaciones y Asociaciones de cooperativas y sociedades laborales.

- Estar en posesión de la condición de socia/o de una cooperativa o sociedad laboral castellano-manchega, o haber perdido dicha condición por los hechos que se sometan a arbitraje, conciliación o mediación.
- Las cooperativas, sociedades laborales, así como las uniones, federaciones y asociaciones de las mismas, deben encontrarse inscritas en el Registro de Cooperativas o Sociedades Laborales de Castilla-La Mancha que corresponda.
- Suscripción del convenio arbitral si no consta ninguna cláusula compromisoria en los estatutos de la persona demandada.

EN ARBITRAJE, 3 MESES DESDE LA ACEPTACIÓN DEL NOMBRAMIENTO, EN LOS OTROS PROCEDIMIENTOS NO HAY PLAZO.

- Escrito de demanda.
- Convenio arbitral cuando no exista cláusula compromisoria en los estatutos de la persona demandada.
- Los documentos que fundamentan la pretensión junto con una relación de los mismos.
- Acreditación de la representación.
- Cualquier otra documentación que considere relevante.

Comisión de Arbitraje, Conciliación y Mediación (Servicio de Economía Social en Toledo) :
cooperativas.sscc@jccm.es y 925288000

Modelos del trámite

Anexo I. Solicitud