Expropiación forzosa en el ámbito de la mineria

Consejería de Desarrollo Sostenible
Código de procedimiento: 1005186

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Presencial

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A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Abierto todo el año.

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Expropiar, a favor de las personas beneficiarias, los bienes y derechos necesarios para llevar a cabo la ejecución de los proyectos incluidos en la Ley de Minas.

Titulares de derechos mineros con declaración de utilidad pública o derecho a ocupación temporal

Las instalaciones que motivan el procedimiento expropiatorio deben haber obtenido el reconocimiento en concreto de utilidad pública y haberse determinado la necesidad de ocupación de los bienes o derechos a expropiar.

Tarifas 5 de la Ley 7/2008,de 13 de noviembre, de Regulación de Tasas en materia de Industria, Energía y Minas de Castilla-La Mancha.

Desestimatorio

- Copia del NIF o documento de identidad equivalente de la persona representante, en el caso de que se oponga a que la administración consulte los datos de identidad.
- En caso de actuar por medio de representante, copia del poder de representación.
- En caso de personas jurídicas, copia del NIF
- En caso de personas físicas, copia del NIF o documento de identidad equivalente, en el caso de que se oponga a que la administración consulte los datos de identidad.
- Relación concreta e individualizada, en la que se describan, en todos sus aspectos, material y jurídico, los bienes o derechos que considere de necesaria expropiación, ya sea ésta del pleno dominio de terrenos y/o de servidumbre de paso y servicios complementarios en su caso, tales como caminos de acceso u otras instalaciones auxiliares.
- Documento que relacione las referencias catastrales de los bienes y derechos.
- Documentación del Registro de la Propiedad acerca de los derechos de propiedad existentes sobre la(s) finca(s).

Correos electrónicos de contacto:
Albacete: minas-ab@jccm.es
Ciudad Real: minas-cr@jccm.es
Cuenca: minas-cu@jccm.es
Guadalajara: minas-gu@jccm.es
Toledo: minas-to@jccm.es

Modelos del trámite

Solicitud