Programa de apoyo a la Digitalización: Adelante Digitaliza en Castilla-La Mancha (Periodo transitorio solicitudes art. 18.4 Orden 119/2024, de 17 de julio (DOCM nº 143 de 25/07/2024)

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1014617

En plazo

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Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:
Inicio 18/12/2024
Fin 31/12/2025

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Programa de ayudas que tiene como finalidad el impulso de la competitividad a través de la transformación digital de las pymes de Castilla-La Mancha, mediante dos líneas de subvención:

Podrán solicitar estas ayudas las pymes, incluidas las que se encuentren en constitución en el momento de presentar la solicitud, que realicen alguna actuación subvencionable con arreglo a la orden de bases reguladoras.

Resuelvo Cuarto de la resolución de 09/10/2024, de convocatoria del ejecicio 2024. Entre ellos:

- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de sus obligaciones tributarias, y frente a la Seguridad Social.

- Que el ejercicio de las actuaciones e inversiones objeto de subvención se realicen dentro de Castilla-La Mancha.

- No estar incursa en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

- No estar incursos en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre.

- No estar sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión.

- No tener la consideración de empresa en crisis.

- No haber sido sancionados en materia de prevención de riesgos laborales, por falta grave o muy grave, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

Artículo 19 de la orden 119/2024, de 17 de julio, de bases reguladoras de estas ayudas:

a) Calidad del proyecto. Hasta 20 puntos.

b) Impacto socioeconómico. Hasta 20 puntos.

c) Viabilidad del proyecto. Hasta 20 puntos.

d) Proyectos promovidos por empresas participadas mayoritariamente por personas socias mujeres, jóvenes menores de 30 años o personas con discapacidad. Se valorará con 10 puntos.

e) Impacto medioambiental. Hasta 15 puntos.

f) Fomento del ecosistema emprendedor: Se valorarán con 10 puntos los proyectos que sean nuevas iniciativas empresariales.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no podrá exceder de seis meses, a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria.

Desestimatorio

Resuelvo Séptimo de la resolución de 09/10/2024, de convocatoria del ejecicio 2024, entre otra:

- Número de Identificación Fiscal (NIF).

- Acreditación de la representación del firmante.

- Escritura de constitución y, en su caso, modificaciones.

- Informe de plantilla media anual de las personas trabajadoras en alta.

- Certificado o informe de vida laboral de las personas trabajadoras en régimen de autónomos.

- Declaración del impuesto de sociedades, del último ejercicio cerrado.

- Cuentas anuales del último ejercicio contable cerrado.

- Declaración responsable en cuanto a la categoría de la empresa (Anexo II de la resolución de convocatoria).

- Memoria técnica, económica y financiera del proyecto (Anexo III de la resolución de convocatoria).

- Facturas <pro-forma> de todas las actuaciones.

Una vez publicada la siguiente convocatoria deberán ratificarse de su solicitud, mediante la presentación del modelo que a tal efecto se incluya en la nueva convocatoria, en el plazo de presentación de solicitudes que ésta establezca.

A efectos de este procedimiento, en aplicación de lo establecido en el artículo 18.4 de la Orden 119/2024, a partir del 18 de diciembre de 2024 hasta el inicio del plazo de presentación de solicitudes que se determine en la siguiente convocatoria de este programa de apoyo a la digitalización, se podrán presentar solicitudes a efectos de poder iniciarse los proyectos.


Las citadas solicitudes recibidas, se tramitarán y resolverán en la siguiente convocatoria, para lo cual el interesado deberá ratificarse, mediante la presentación del modelo que a tal efecto se incluya en la nueva convocatoria, en el plazo de presentación de solicitudes que ésta establezca. Los documentos integrantes de la solicitud no podrán se modificados posteriormente.


Para cualquier aclaración pueden dirigirse a la dirección de correo electrónico: serviciodecompetitividad@jccm.es

Más información y documentos de ayuda en la web http://adelante-empresas.castillalamancha.es/

Modelos del trámite

TRANSITORIO 2024. Anexo II DR Categoría empresa Línea 1 y Línea 2.
TRANSITORIO 2024. Anexo III Memoria proyecto Línea 1 y Línea 2
TRANSITORIO 2024. Anexo VIII Datos personales Línea 1 y Línea 2