Subvenciones para formación en competencias digitales de personas trabajadoras del sector turístico de Castilla-La Mancha, en el marco del componente 19 inversión 3 del PRTR.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Subvenciones para la formación en competencias digitales de personas trabajadoras del sector turístico de Castilla-La Mancha, en el marco del componente 19 Plan Nacional de Capacidades Digitales (digital skills), del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
Beneficiarios: a) Las universidades. b) Las entidades de formación, inscritas y acreditadas en el Registro Estatal de Entidades de Formación. c) Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. En ningún caso podrán ser beneficiarias de las ayudas recogidas en la presente orden, las entidades integradas en el sector público regional a las que se refiere el artículo 4.1 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
Los requisitos
establecidos en el artículo 4 de la Orden de la
Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la formación en
competencias digitales de personas trabajadoras del sector turístico de
Castilla-La Mancha, en el marco del componente 19 -Plan Nacional de Capacidades
Digitales- del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado
por la Unión Europea - Next Generation EU-, y se realiza su convocatoria para
la anualidad 2025.
La concesión de la subvenciones se tramitará mediante el procedimiento simplificado de concurrencia, siendo tramitados y resueltos los expedientes por orden cronológico, conforme se vayan presentando, y en tanto se cumplan los requisitos establecidos y se disponga de crédito presupuestario para ello.
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses contados desde la fecha de la presentación de la solicitud de ayuda.
Desestimatorio
Persona física, NIF y, en su caso, documentación acreditativa del poder de
su representación. Persona jurídica, NIF y Escritura de apoderamiento de la
persona que actúa en nombre y representación de la persona jurídica Anexos II,
III, IV, V, VI, VII y VIII. Si la entidad desarrolla actividad económica,
inscripción en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT.
Memoria descriptiva del proyecto formativo, con el contenido previsto en la
Orden
La concesión de las subvenciones reguladas en la presente orden, se
tramitará mediante el procedimiento simplificado de concurrencia, de
conformidad con lo establecido en el artículo 75.1 del texto refundido de la
Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002,
de 19 de noviembre, siendo tramitados y resueltos los expedientes conforme se
vayan presentando y en tanto se disponga de crédito presupuestario para ello.
Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)… Accede al Servicio de Alertas Informativas