Registro de personas profesionales sanitarias objetoras de conciencia directamente implicadas en la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo en Castilla-La Mancha
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Realizar la inscripción de las declaraciones, modificaciones o revocaciones de objeción de conciencia de personas profesionales sanitarias directamente implicadas en la interrupción voluntaria del embarazo en Castilla-La Mancha.
Personas profesionales sanitarias de la comunidad autónoma, tanto del ámbito público como privado, que encontrándose directamente implicadas en la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo manifiesten, por razones de conciencia, su rechazo o negativa a participar en la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo; especialmente profesionales de medicina y enfermería.
Personas profesionales sanitarias directamente implicadas en la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo.
No procede.
La declaración de objeción de conciencia se inscribirá de oficio en el Registro tras la presentación
3 meses
Estimatorio
Declaración, modificación o revocación de objeción de conciencia de profesionales sanitarios directamente implicados en la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo.
- Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
- Decreto 10/2025, de 4 de marzo, del Registro de personas profesionales sanitarias objetoras de conciencia directamente implicadas en la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo en Castilla-La Mancha.
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