Subvenciones para la contratación en el marco del Programa Horizonte Empleo.

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1018376

En plazo

Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)…
Accede al Servicio de Alertas Informativas

Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:
Inicio 18/10/2025
Fin 17/11/2025

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Establecer las bases reguladoras y convocar para 2025 las subvenciones para la contratación de personas jóvenes y de mayores de 45 años en el marco del Programa Horizonte Empleo.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta orden: a) Las entidades locales de Castilla-La Mancha y las entidades vinculadas o dependientes de las mismas. b) Las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas y las comunidades de bienes. c) Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.

Podrán solicitar estas subvenciones:

a) Las entidades locales de Castilla-La Mancha y las entidades vinculadas o dependientes de las mismas.

b) Las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas y las comunidades de bienes.

c) Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.

La concesión de estas subvenciones se tramitará mediante el procedimiento simplificado de concurrencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 75.1 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, siendo tramitados y resueltos los expedientes conforme se vayan presentando y en tanto se disponga de crédito presupuestario para ello.


Para acceder a la condición de beneficiarias, las personas o entidades solicitantes deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden de bases reguladoras.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

Desestimatorio

Para la solicitud de subvención, las personas y entidades interesadas deberán presentar el anexo I, acompañado de un anexo II por cada proyecto a desarrollar, junto con la documentación exigida en los mismos. Al presentarse de esta forma, los documentos originales serán digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma.

Serán subvencionables las siguientes modalidades contractuales, en función de las personas o entidades solicitantes:

a) En el supuesto de que se trate de entidades locales y entidades vinculadas o dependientes de las mismas, asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro: contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios y contrato vinculado a programas de activación para el empleo.

b) En el supuesto de que se trate de empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, sociedades laborales o cooperativas y comunidades de bienes: contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios.


Todos los contratos deberán incluir un plan formativo individual.


Las contrataciones subvencionables deberán formalizarse con personas pertenecientes a alguno de los siguientes colectivos:

a) Personas jóvenes con edades comprendidas entre los 18 y 29 años y beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

b) Personas mayores de 45 años demandantes de empleo no ocupadas, inscritas en alguna de las oficinas de la Red Emplea de Castilla-La Mancha el día anterior al del inicio de la relación laboral.


Las personas contratadas deberán cumplir asimismo los requisitos fijados en el artículo 7 de la Orden de bases reguladoras.


Las personas y entidades beneficiarias, en el plazo de 5 días a partir de la fecha del último contrato formalizado, deberán comunicar las contrataciones mediante la presentación de los anexos III y IV y, en caso de entidades locales y vinculadas o dependientes de las mismas, también el anexo V, de conformidad con lo establecido en el artículo 26.1. Cuando las contrataciones se formalicen tras la publicación de la correspondiente convocatoria, esta documentación deberá presentarse en el plazo máximo de 5 días desde la notificación de la resolución de concesión.


Las personas y entidades beneficiarias presentarán ante la Dirección General de Empleo, en el plazo de 60 días desde la finalización del último contrato formalizado, la justificación final (anexo VIII), comprensiva de la documentación establecida en el artículo 26.3.


Más información: fomentoempleo.empleoyeconomia@jccm.es

Modelos del trámite

Anexo II Descripción del proyecto
Anexo III Comunicación de contrato y sustituciones
Anexo IV Declaración - Autorización persona contratada
Anexo V Acta de selección
Anexo VI Aportación documentación sucesión empresarial
Anexo VII Suspensión del contrato
Anexo VIII Justificación del proyecto