Autorización de cierre de instalaciones eléctricas autorizadas
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Plazo abierto todo el año
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Obtención de la autorización administrativa de cierre de las instalaciones eléctricas de alta tensión incluidas en el ámbito de aplicación del Decreto 80/2007.
Titulares de instalaciones eléctricas de alta tensión sujetas a dicha autorización según el articulo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
La Dirección General competente en materia de energía resolverá para las instalaciones:
- De producción de energía eléctrica.
- De transporte y distribución y el resto de instalaciones reguladas en el Decreto 80/2007, de 16 de junio, de tensión >= 132 Kv.
- Interprovinciales, cualquiera que sea su tensión.
Las Delegaciones Provinciales de la Consejería competente en materia de energía resolverán en el resto de los casos.
1 MES
Desestimatorio
Solicitud de autorización de cierre dirigida al órgano competente, quien podrá exigir a la persona titular de la instalación la presentación de una memoria en la que se justifiquen las circunstancias técnicas, económicas, ambientales o de cualquier otro orden, por las que se pretende el cierre, así como los planos actualizados y el plan de desmantelamiento de la instalación, en su caso.
En todo caso la autorización de cierre podrá imponer a su titular la obligación de su desmantelamiento, así como otras obligaciones de recuperación medioambiental que se estimen procedentes.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
- Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
- Decreto 80/2007, de 19/06/2007, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS DE AUTORIZACION DE INSTALACIONES DE ENERGIA ELECTRICA A TRAMITAR POR LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y SU REGIMEN DE REVISION E INSPECCION
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