Autorización administrativa previa de nueva instalación o modificación sustancial de instalación eléctrica del grupo primero

Consejería de Desarrollo Sostenible
Código de procedimiento: 1002097

En plazo

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A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Plazo abierto todo el año

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Obtención de la autorización administrativa previa de nuevas instalaciones eléctricas o modificaciones sustanciales de las existentes cuando se encuentren clasificadas en el grupo primero definido en el Decreto 80/2007, de 19 de junio, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha y su régimen de revisión e inspección.

Titulares de las instalaciones eléctricas de alta tensión incluidas en el grupo primero definido en el artículo 3 del Decreto 80/2007, de 19 de junio, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección.

Las personas solicitantes deberán acreditar el cumplimiento para el ejercicio de la actividad de los requisitos establecidos en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y 37 y 121 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

La Dirección General competente en materia de energía resolverá para las instalaciones:
- De producción de energía eléctrica.
- De transporte y distribución y el resto de instalaciones reguladas en el Decreto 80/2007 de 19 de junio, de tensión >= 132 kV.
- Interprovinciales, cualquiera que sea su tensión.
Las Delegaciones Provinciales de la Consejería competente en materia de energía resolverán en el resto de los casos.

Según el art. 3 (tarifa 3.2) de la Ley 7/2008, de 13 de noviembre, de Regulación de Tasas en materia de Industria, Energía y Minas de Castilla-La Mancha.

Desestimatorio

- Solicitud de autorización administrativa previa.
- Justificación de capacidad legal, técnica y económica.
- Proyecto básico de la instalación, que deberá contener:
a) Memoria en la que se consignen, como mínimo, la ubicación de la instalación o, cuando se trate de líneas de transporte o distribución de energía eléctrica, origen recorrido y fin de la misma, finalidad de la instalación, características principales de la misma y justificación de la necesidad de la instalación y de que no genera incidencias negativas en el sistema.
b) Planos de la instalación a escala 1:50.000, que permitan identificar el trazado, afecciones y los elementos importantes de la instalación.
c) Presupuesto estimado de la misma.
d) Puntos de conexión de la infraestructura eléctrica, señalando en cada uno de ellos el emplazamiento geográfico, el titular y las características que lo definan.
e) Acreditación, en su caso, de la conformidad de la empresa de transporte o distribución para conectar la instalación a su red.
f) Separatas de las partes de la documentación para las Administraciones Públicas, organismos y, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general con bienes o servicios a su cargo, afectadas por la instalación.
- Solicitud normalizada, justificante del pago de las tasas y documentación ambiental, según lo establecido en la normativa ambiental de aplicación.
- Acreditación, en su caso, de la constitución y depósito de la fianza correspondiente.
- Justificante de pago de tasas.

La autorización administrativa previa otorga a la empresa autorizada el derecho a realizar una instalación concreta en determinadas condiciones.
Información sobre los trámites de evaluación de impacto ambiental (S478) en:
pinche aqui

Modelos del trámite

Solicitud
Anexo aplicación tramitación urgencia y despacho prioritario.