Autorización de farmacéutico regente

Consejería de Sanidad
Código de procedimiento: 1002883

En plazo

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Online

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Presencial

Presencial

A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Autorizar el nombramiento de farmacéutico regente de oficina de farmacia.

Farmacéuticos titulares de oficina de farmacia y, en su caso, interesados y herederos.

Cumplir los requisitos que figuran en el Decreto 11/2019, de 18 de marzo, de planificación farmacéutica y requisitos, personal y autorizaciones de las oficinas de farmacia y botiquines y compromiso de seguir cumpliéndolos mientras se mantenga la actividad.

Conlleva una tasa de 73,92 euros.

Estimatorio

- Documentación acreditativa de la representación de acuerdo con el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, en su caso.
- Documentación que justifique la causa de la regencia.
- Documentación que acredite, en su caso, la condición de heredero.
- En su caso, documentación acreditativa de lo establecido en el artículo 17.3 del Decreto 11/2019, de 18 de marzo.
- Declaración responsable del farmacéutico propuesto de no estar incluido en ninguno de los supuestos de incompatibilidad de la Ley 5/2005, de 27 de junio, de Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha.
- Certificado o compromiso de colegiación del regente.

DELEGACIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD:

- ALBACETE. Avda. Guardia Civil, Nº 5. CP-02071. Teléfono: 967 55 79 00
- CIUDAD REAL. C/ Paloma, Nº 7. CP-13071. Teléfono: 926 27 60 00
- CUENCA. C/ de las Torres, Nº 43. CP-16071. Teléfono: 969 17 65 00
- GUADALAJARA. C/ Doctor Fernández Iparraguirre, Nº 1. CP-19071. Teléfono: 949 88 55 00
- TOLEDO. C/ Guadalmena, Nº 2. CP-45071. Teléfono: 925 26 64 00

Modelos del trámite

Solicitud