Justificación de la ayuda para la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Consejería de Fomento
Código de procedimiento: 1007555

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

La justificación por la entidad beneficiaria del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos, se realizará ante el órgano resolutor en el modelo normalizado según el régimen de pagos del artículo 14.

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

La finalidad de este trámite es la aportación de la documentación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos, conforme al régimen de pagos establecido en el artículo 14 del Decreto de concesión.

Es beneficiaria de esta subvención, asumiendo las obligaciones derivadas de la concesión de la misma, la empresa pública Gestión de Infraestructuras de Castilla La Mancha, S.A.U, con NIF nº A45421641.

La entidad ha acreditado el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

b) No estar incursa la persona que ostente la representación legal de la entidad en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo establecido en el artículo 74.2 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.

c) No estar incursa en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

d) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, en el caso de ser entidad obligada por la normativa de prevención de riesgos laborales, y no haber sido sancionada, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente

La subvención se concederá de forma directa, conforme a lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el artículo 62.3 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, el artículo 75.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.

Son obligaciones de la entidad beneficiaria de la subvención las indicadas en el artículo 6 del Decreto y, entre otras:

a) Cumplir la finalidad que fundamenta la concesión de esta subvención, mediante la promoción de la construcción de viviendas en edificios energéticamente eficientes sobre terrenos de su titularidad, en régimen de colaboración público-privada mediante el otorgamiento de derechos de superficie, para ser destinadas al alquiler asequible durante un plazo mínimo de 50 años desde la fecha de la calificación definitiva, de acuerdo con las condiciones previstas en este decreto. El destino al arrendamiento a precio

asequible deberá constar, en todo caso, en nota marginal en el Registro de la Propiedad.

b) Dedicar el importe íntegro de la subvención al pago de las correspondientes actuaciones.

c) Justificar ante el órgano instructor la realización de las actuaciones y el cumplimiento de la finalidad y de las condiciones determinadas en la resolución de concesión de la subvención.

Desestimatorio

La justificación por la entidad beneficiaria del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos, se realizará ante el órgano resolutor en el modelo normalizado disponible en la sede electrónica https://www.jccm.es// y en el portal web https:/vivienda.castillalamancha.es, conforme al régimen de pagos y la documentación adecuada según dicho régimen, establecido en el artículo 14 del Decreto.

Correo electrónico, teléfono o dirección postal:


- vivienda.castillalamancha.es


- Teléfono de la Dirección General de Vivienda: 925286872


- Correo electrónico: dgvivienda.fomento@jccm.es

Modelos del trámite

Anexo I Justificación parcial abono
Anexo I Bis Justificación total abono
Anexo II Relación clasificada contratos
Anexo II Bis Certificación relación gastos Abono parcial
Anexo III Relación certificada capítulos Abono parcial
Anexo IV Solicitud modificación
Anexo VI DACI.
Anexo VII Solicitud de anticipo