Autorización de instalación de establecimiento de dispensación de medicamentos veterinarios
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Autorizar la instalación de establecimientos relacionados con la dispensación al público de medicamentos veterinarios (establecimientos comerciales detallistas y agrupaciones ganaderas)
Personas físicas o jurídicas que quieran desarrollar la actividad de dispensación al público de medicamentos veterinarios (establecimientos comerciales detallistas y agrupaciones ganaderas)
Requisitos Personales:
- Disponer de un servicio farmacéutico responsable y en el caso de agrupaciones ganaderas, también de un servicio veterinario propio con, al menos, un técnico veterinario.
Requisitos Materiales:
- Locales, instalaciones y equipos adecuados para garantizar el almacenamiento y conservación de los medicamentos veterinarios.
- Tener acceso libre, directo y permanente a la vía pública o espacios de uso público, sin barreras arquitectónicas.
- Disponer de las siguientes zonas debidamente separadas: almacenamiento general, almacenamiento de caducados, inmovilizados,
retirados del mercado, devueltos o en mal estado, zona de atención al público o de atención a socios en agrupaciones ganaderas, zona de administración y oficinas.
Requisitos documentales:
- Registro de transacciones de entrada y salida de medicamentos, registro de psicótropos y medicamentos de especial control.
- Archivo de recetas, albaranes y facturas.
2 MESES
Tasa 181,54 euros
Estimatorio
- Justificación documental de la disponibilidad jurídica del local.
- Memoria descriptiva de las actividades a desarrollar, con expresión de los equipos e instalaciones precisas en función de la actividad de que se trate.
- Planos de conjunto y de detalle en los que se señale con exactitud su emplazamiento y la localización de las zonas o áreas de trabajo que, en caso se precisen, así como de los equipos, instalaciones necesarias y mobiliario.
En relación al farmacéutico responsable del centro dispensador que se trate:
- Declaración jurada de no incurrir en ninguna de las causas de incompatibilidad establecidas en la normativa vigente.
- Documento por el que el solicitante propone la designación del farmacéutico responsable del centro dispensador de que se trate y su aceptación por el designado, firmado por ambos.
- Plan de trabajo firmado por el farmacéutico responsable.
Documentación adicional en caso de entidades o agrupaciones ganaderas:
- Documentación acreditativa del programa zoosanitario aprobado por la Consejería de Agricultura.
- Documentación acreditativa del técnico veterinario responsable del servicio veterinario propio, que será la misma que para el farmacéutico responsable del servicio farmacéutico.
- Declaración jurada de no incurrir en ninguna de las causas de incompatibilidad establecidas en la normativa vigente, si el solicitante o alguno de los miembros de la sociedad es médico, veterinario o farmacéutico.
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, ORDENACIÓN E INSPECCIÓN SANITARIA.
Servicio de Inspección
Avenida de Francia, 4 - 45071-Toledo.
Email: ifarmacia.sscc@jccm.es
DIRECCIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD:
ALBACETE. Avenida de la Guardia Civil, 5 ¿ 02071 Albacete. Teléfono 967 55 79 00
CIUDAD REAL. C/ Paloma, 7 ¿ 13071 Ciudad Real. Teléfono 926 27 60 00
CUENCA. C/ de las Torres, 43 ¿ 16071 Cuenca. Teléfono 969 17 65 00
GUADALAJARA. C/ Doctor Fernández Iparraguirre, 1 ¿ 19071 Guadalajara. Teléfono 949 88 55 00
TOLEDO. C/ Río Guadalmena, 2 ¿ 45071 Toledo. Teléfono 925 26 64 00
- Ley 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa.
- Ley 5/2005, de 27/06/2005, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE ORDENACION DEL SERVICIO FARMACEUTICO DE CASTILLA-LA MANCHA
- Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.
- Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios, modificado por Real Decreto 1132/2010, de 10 de septiembre.
- Decreto 24/2000, de 08/02/2000, Consejo de Gobierno, DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
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