Régimen de puntos limpios fijos en Castilla-La Mancha

Consejería de Desarrollo Sostenible
Código de procedimiento: 1002525

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Autorización de puntos limpios fijos que se vayan a emplazar en el territorio de Castilla-La Mancha, o modificación de la autorización otorgada, así como la revisión de autorizaciones de puntos limpios existentes a la entrada en vigor de la Orden.
Comunicación al órgano autonómico competente en materia de residuos de la puesta en marcha y clausura de punto limpio fijo.
Presentación, por parte de las entidades locales, titulares de puntos limpios fijos, de la memoria anual resumen.

Entidades Locales de Castilla-La Mancha titulares de puntos limpios fijos.

Las entidades locales titulares de puntos limpios fijos deberán presentar al órgano autonómico competente en materia de residuos, el formulario correspondiente al trámite que inicie, junto con la documentación que establece el Decreto por el que se regulan los procedimientos de autorización y comunicación y los requisitos técnicos que deben cumplir los puntos limpios en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Estos formularios están disponibles en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

El Decreto establece además:

- una relación residuos admisibles y no admisibles, en el ANEXO I a dicho decreto.

- el contenido mínimo del reglamento de funcionamiento de los puntos limpios, en el ANEXO II a dicho decreto.

- las dotaciones mínimas de los puntos limpios, en el ANEXO III a dicha orden.

La autorización administrativa del punto limpio fijo, o en su caso, la modificación o revisión, se concederá previa comprobación, por parte del órgano autonómico competente en materia de residuos, de que las instalaciones en las que vaya a desarrollarse la actividad cumplen con la normativa aplicable.

Diez meses a contar desde la recepción de la solicitud.

Desestimatorio

Para solicitud de autorización de nuevo punto limpio y revisión de los existentes:

a) Documento de identidad de la persona representante, sólo en caso de que se haya opuesto a su consulta

b) Documento válido en derecho que acredite las facultades de representación de la persona representante

c) Proyecto técnico de las instalaciones

d) Memoria descriptiva de la gestión del punto limpio fijo

El proyecto y la memoria podrán refundirse en un mismo documento.

En el caso de revisión, estos documentos solo deberán aportarse en caso de no haberlos presentado con anterioridad

En el caso de modificación de la autorización, se adjuntará memoria descriptiva de modificaciones solicitadas

En el caso de comunicación de puesta en marcha y cese definitivo, deberá aportarse la documentación de los apartados a) y b), pero sólo en caso de que la persona representante no coincida con la indicada en el trámite de solicitud de autorización.

En el caso de comunicación de cese definitivo, además, se aportará documentación que acredite que se cumplen las condiciones que en su caso se hubiesen establecido en otras resoluciones de carácter ambiental

La tramitación se realizará:

- Solicitud autorización y comunicación puesta en marcha: previo inicio actividad.

- Revisión y solicitud autorización existente: 2 años desde entrada en vigor Orden.

- Memoria anual: antes del 1 de marzo del ejercicio siguiente.

- Comunicación cese: previo al cese.

El órgano autonómico competente en materia de residuos ha elaborado un modelo de memoria para residuos peligrosos, y otro para residuos no peligrosos, con el contenido que figura en el anexo XII de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, que el titular debe cumplimentar, y presentar a través de la plataforma telemática INDA.

Hay disponibles manuales de ayuda para cumplimentación de las memorias, tanto de residuos peligrosos, como de residuos no peligrosos en el apartado correspondiente al trámite SIACI SJLD de la sede electrónica.


Modelos del trámite

Solicitud
Solicitud revisión
Comunicación puesta en marcha o cese definitivo.