Comunicación de incidencias al Registro de Informes de Evaluación de Edificios de Castilla-La Mancha.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto todo el año
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Comunicación del Ayuntamiento de incidencias o irregularidades de un IEE presentado, porque no se encuentra debidamente registrado en el Registro de Informe de Evaluación de Edificios de Castilla-La Mancha, o considere que la documentación del IEE presentada no cumple con los requisitos exigidos, o detecte que el contenido del IEE no se ajusta a la realidad del inmueble, a efectos de proceder a la suspensión de la inscripción realizada.
Los propietarios de los edificios de uso residencial vivienda obligados a disponer del IEE, que son todos aquellos:
a) con una antigüedad superior a 50 años,
b) Los catalogados o con algún tipo de protección patrimonial, con independencia de su antigüedad.
Son los Ayuntamientos los que comunican al Registro de IEEs las posibles incidencias detectadas en los IEEs de su municipio, en cumplimiento de las obligaciones y competencias que les atribuye el Decreto.
TRES MESES, DESDE EL ACUERDO DE INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE SUSPENSIÓN DE LAS INSCRIPCIÓN
Estimatorio
1. Modelo de comunicación de incidencias, en el cual se debe identificar el IEE al que se refiere.
www.vivienda.castillalamancha.es
Dirección General de Vivienda y Urbanismo
Paseo Cristo de la Vega s/n. Toledo
Tlf: 925 389 002
- Decreto Legislativo 1/2010, de 18/05/2010, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
- Decreto 25/2019, de 2 de abril, por el que se regulan el Informe de Evaluación del Edificio y el Registro de Informes de Evaluación de Edificios en Castilla-La Mancha y se adoptan medidas en materia de vivienda protegida.
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