Plan de producción y gestión de estiércol en zona vulnerable a la contaminación por nitratos de origen agrario
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
La comunicación del plan se dirigirá a la Delegación Provincial de la consejería competente en materia de zonas vulnerables a la contaminación por nitratos, de la provincia en que se ubique la instalación. Cuando la superficie destinada a la valorización agrícola de los estiércoles supere el territorio de una provincia o se trate de instalaciones que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del RD L 1/2016, de 16 de diciembre, será la Dirección General la competente para su recepción.
Titulares de las explotaciones ganaderas intensivas que superen las 40 UGM y, en todo caso, las entidades gestoras de estiércoles que estén ubicadas en zonas vulnerables declaradas en Castilla- La Mancha o valoricen los estiércoles en dichas zonas.
Ser titular o representante de una explotación ganadera intensivas que superen las 40 UGM o de una entidades gestoras de estiércoles que esté ubicada en zona vulnerable declarada en Castilla -La Mancha o valorice los estiércoles en dichas zonas.
No se resuelve, se trata de una comunicación.
No tiene plazo
No_tiene
Las personas o entidades solicitantes que valoricen agronómicamente los estiércoles, deberán acreditar que disponen de superficie agrícola suficiente mediante declaración responsable, lo que no irá en detrimento de la obligación de estar en posesión de los títulos de propiedad y acuerdos con terceros, los cuales podrán ser requeridos en cualquier momento por la autoridad competente.
El contenido de los planes de producción y gestión de estiércoles deberá actualizarse, al menos, cada 5 años y, en cualquier caso, siempre que las explotaciones modifiquen sustancialmente sus instalaciones, capacidades o prácticas de manejo.
- Decreto 80/2025, de 14 de octubre, por el que se aprueba el programa de actuación aplicable en las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos, provenientes de fuentes agrarias en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y se establece el listado de medidas adicionales y acciones reforzadas.
- Resolución de 10/11/2025, de la Dirección General de Calidad Ambiental, por la que se actualiza el modelo de comunicación del Plan de producción y gestión de estiércoles en zonas vulnerables a la contaminación por nitratos de origen agrario, designadas en Castilla-La Mancha.
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