Comunicación sobre el control de daños por conejo de monte.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Comunicar las acciones de control que se van a llevar a cabo sobre el conejo de monte en el marco de la Declaración de emergencia cinegética temporal realizada por Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente.
Personas titulares de terrenos cinegéticos y no cinegéticos, como parcelas agrícolas y zonas de seguridad (vías de uso público, vías férreas y dominio público hidráulico), situados en los términos municipales incluidos en la declaración de comarca de emergencia cinegética temporal por daños de conejo de monte.
Las acciones para el control del conejo de monte se deben comunicar a la Administración 24 horas antes de su inicio como mínimo teniendo el plazo de dos meses para su ejecución.
Asimismo, deberán tenerse en cuenta los periodos y métodos de control establecidos en el apartado quinto de la Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente, por la que se declara como comarca de emergencia cinegética temporal por daños de conejo de monte, la definida por varios términos municipales de las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo.
Recibida la comunicación en las Delegaciones Provinciales, se realizan las comprobaciones correspondientes para comprobar que la comunicación es acorde a la declaración de la comarca de emergencia cinegética temporal.
Sin plazo.
No_tiene
Documento válido en derecho que acredite las facultades de representación de la persona solicitante, en su caso.
El plazo para la ejecución de dicho control es de dos meses.
Para cualquier otra consulta puede contactar con la correspondiente Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible, a través de los siguientes teléfonos:
- Albacete: 967558100
- Ciudad Real: 926279500
- Cuenca: 969 17 83 00
- Guadalajara: 949885300
- Toledo: 925238053
- Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.
- Decreto 15/2022, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de aplicación de la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.
- Resolución de 10/02/2025, de la Viceconsejería de Medio Ambiente, por la que se declara como comarca de emergencia cinegética temporal por daños de conejo de monte, la definida por varios términos municipales de las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo.
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