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PROGRAMA INVESTIGO 2025 - Línea 2: Ayudas para el desplazamiento de las personas jóvenes contratadas en el marco de la línea 1

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1016616

En plazo

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Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

El plazo de presentación de solicitudes para la línea 2 será de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha del último contrato formalizado.

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Regular y convocar para 2025, las ayudas para sufragar los gastos de desplazamiento de la persona contratada abonados por la entidad beneficiaria, cuando el centro de trabajo del contrato subvencionado al amparo de la línea 1 se sitúe en un municipio distinto al de su residencia habitual.

En todo caso, la residencia habitual de la persona contratada deberá ubicarse en un municipio de Castilla-La Mancha


Organismos públicos de investigación, Universidades públicas, Centros e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro,Centros Tecnológicos, Institutos de investigación biomédica o sanitaria, Empresas pertenecientes al sector público o privado.

Además de los requisitos generales previstos en el artículo 5, deberá cumplir con los requisitos específicos para la línea 2 recogidos en el artículo 16 del Decreto.

Estas subvenciones se otorgarán en régimen de concesión directa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 75.2 c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, y en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Las resoluciones de concesión se dictarán por orden de presentación de solicitudes, una vez realizadas las comprobaciones y hasta agotar el crédito.

Tres meses contado desde la fecha de presentación de la solicitud.

Desestimatorio

Se presentará el anexo II, debidamente cumplimentado.

Más información: incentivos@jccm.es

Modelos del trámite

ANEXO IX JUSTIFICACION LINEA II PROGRAMA INVESTIGO