Modificación de declaraciones obligatorias del sistema unificado de información del sector lácteo (INFOLAC)

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Código de procedimiento: 1016877

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

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A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Solicitar la modificación de datos de comunicación obligatoria de entregas y ventas directas de leche cruda de vaca, oveja y cabra, de los contratos entre los primeros compradores y los productores de leche cruda, y de las declaraciones obligatorias complementarias a efectuar por los primeros compradores de leche que tengan la sede de la efectiva dirección de la empresa en Castilla-La Mancha.

- Primeros compradores y productores de leche y productos lácteos de vaca, oveja y cabra. - Operadores que venden leche cruda sin transformar, incluidos los productores.

- Tener la consideración de primer comprador o productor de leche y productos lácteos de vaca, oveja y cabra.

- Tener la consideración de operador que vende leche cruda sin transformar, incluido el productor.

- Remitir a la autoridad competente de la comunidad autónoma donde tengan su sede de la efectiva dirección, la solicitud de apertura de la declaración obligatoria en el sistema de información INFOLAC acompañada de la documentación pertinente.

- Detallar lo que se quiere modificar.

- Aportar los documentos que prueben la necesidad de modificación de datos registrados.


a) Fase verificación de la admisibilidad:

Dado que el objetivo de las declaraciones obligatorias es disponer de una base de datos completa y veraz, mejorando la transparencia en el sector lácteo, el fin principal ha de ser subsanar los errores detectados. Para lo cual, si es necesario, se abrirán las declaraciones que corresponda y se corregirán. Se comprueba la titularidad y los motivos de la solicitud, así como los documentos que prueben la necesidad de modificación de datos comunicados.

b) Fase priorización: no se aplica priorización.

- NIF del operador, salvo autorización a comprobar los datos telemáticamente.

- NIF del representante legal o voluntario, salvo autorización a comprobar los datos telemáticamente.

- Documento que acredite la representación legal o voluntaria, en su caso.

- Los documentos que estime oportuno para comprobar el motivo de modificación, especialmente los contratos, facturas y albaranes correspondientes para demostrar que esas entregas/declaraciones corresponden al titular que se desea corregir.

- Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ (cuya url es: https://notifica.jccm.es/Notifica)

- La información de INFOLAC será accesible para todos los órganos y organismos competentes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, así como para los órganos y organismos competentes de las comunidades autónomas, así como para los declarantes, en este caso para la información suministrada por ellos, y sin perjuicio de la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación garantiza la confidencialidad de los datos suministrados por los declarantes, quedando expresamente prohibida su cesión a terceros.

Modelos del trámite

formulario de MODIFICACIONES INFOLAC