Ayudas destinadas a la digitalización y a la promoción de la actividad comercial y productiva del sector artesano de Castilla-La Mancha.

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1017880

En plazo

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Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:
Inicio 09/07/2025
Fin 08/08/2025

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Promover la digitalización del sector artesano, fomentar las actuaciones de promoción del mismo e incentivar la inversión en talleres artesanos, de forma que se incremente su actividad comercial y productiva, así como que se potencie su competitividad y rentabilidad económica.

Líneas de digitalización y promoción del sector artesano: personas físicas o jurídicas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, asociaciones artesanas y federaciones de las mismas, comunidades de bienes, sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aunque carezcan de personalidad jurídica. Línea de inversión en talleres artesanos: personas o entidades previstas en la letra a), a excepción de asociaciones artesanas y federaciones.

Los requisitos para acceder a la condición de persona o entidad beneficiaria se recogen en el artículo 5.1 de la Orden 80/2025, de 23 de mayo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la digitalización y a la promoción de la actividad comercial y productiva del sector artesano de Castilla-La Mancha.

El procedimiento de concesión de estas ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas a partir de la aplicación de los criterios de valoración recogidos en el artículo 16 de la Orden 80/2025, de 23 de mayo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la digitalización y a la promoción de la actividad comercial y productiva del sector artesano de Castilla-La Mancha.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no podrá exceder de cuatro meses, a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria.

Desestimatorio

La documentación que debe aportar la persona o entidad solicitante se recoge en el apartado "Documentación" del anexo I de la Resolución de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía de la convocatoria de las ayudas destinadas a la digitalización y a la promoción de la actividad comercial y productiva del sector artesano de Castilla-La Mancha, para el ejercicio 2025.

El porcentaje máximo que podrá concederse por cada actuación será del 70% del gasto subvencionable aprobado,

salvo para las asociaciones artesanas y federaciones de las mismas que será del 100%.


El importe total máximo de la ayuda a percibir por cada persona o entidad beneficiaria, con independencia del

tipo y cantidad de líneas o actuaciones solicitadas, será de 15.000 euros, salvo para las asociaciones artesanas y

federaciones de las mismas que será de 20.000 euros, teniendo en cuenta la excepción prevista en el artículo 4.2 de la Orden 80/2025, de 23 de mayo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la digitalización y a la promoción de la actividad comercial y productiva del sector artesano de Castilla-La Mancha.

Modelos del trámite

Anexo II
ANEXO I